II Convocatoria Apoyo a Investigadores/as en el ámbito del desarrollo y la cooperación

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II Convocatoria Apoyo a Investigadores/as en el ámbito del desarrollo y la cooperación

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Bases

En un mundo globalizado como el actual, el esfuerzo por construir una sociedad más justa no puede quedar restringido a los límites geográficos de una región o a las fronteras de un país y nadie puede permanecer indiferente o ajeno a las grandes desigualdades sociales, económicas, educativas, sanitarias, políticas..., existentes en el mundo de hoy. La Universidad de Granada, por tanto, no puede estar al margen de dicha situación y desde su especificidad propia, como institución educativa, ha de contribuir a paliar las necesidades de los países pobres y sectores sociales más desfavorecidos, mediante el fomento de proyectos solidarios que favorezcan su desarrollo y den prioridad a la participación directa de los países, regiones y colectivos beneficiarios, con el fin de conseguir que sean ellos los protagonistas de su propio desarrollo.

La presente convocatoria en sus distintas modalidades obedece a una nueva sensibilidad universitaria hacia estos problemas, reflejada tanto en la Ley Andaluza de Universidades (LAU en adelante) como en los nuevos Estatutos de la Universidad de Granada. En concreto, en la LAU, Título 3º, Artº. 53 sobre el Estudio, Docencia e Investigación, en su apartado 2 se recoge que los programas de financiación universitaria contemplarán ayudas a programas que estén orientados a favorecer “...la cooperación al desarrollo, interculturalidad, fomento de la cultura para la paz y la no violencia, de las políticas y prácticas de igualdad y muy especialmente las de género, y atención a colectivos sociales especialmente desfavorecidos”. Por su parte, en los Estatutos de la Universidad de Granada, en el Capítulo III, Artículo 190 punto 1, se señala que “La cooperación al desarrollo es el compromiso solidario de la Universidad con los países y sectores sociales más desfavorecidos. Con ese fin impulsará actuaciones formativas, educativas, investigadoras, asistenciales y de promoción que tiendan a la consecución de una sociedad más justa, así como la organización de plataformas de voluntariado”.

Esta convocatoria trata de dar una respuesta a la misión de la Universidad de formar ciudadanos/as conscientes de las desigualdades que existen en el mundo y con capacidad para poder participar en los debates sobre los problemas que afectan al desarrollo de las sociedades.

Modalidades:

MODALIDAD C: APOYO A INVESTIGADORES EN LINEAS APLICADAS AL DESARROLLO Y LA COOPERACIÓN

Artículo 1. Objeto

El objetivo de la presente convocatoria es la promoción del estudio e investigación aplicada en los ámbitos del desarrollo y de la cooperación. Serán objeto de financiación la investigación que fomente la elaboración de buenos diagnósticos e identificación de las realidades sobre las que se interviene, la mejora de los instrumentos teóricos y/o los metodológicos del desarrollo y la cooperación, así como aquellas propuestas innovadoras que contribuyan a la ampliación de las capacidades y las opciones de las personas más desfavorecidas, esto es, que permitan mejorar las buenas prácticas en la cooperación o mejorar los buenos resultados del desarrollo. Serán objeto de esta convocatoria, única y exclusivamente, los proyectos de investigación aplicada que incidan en el desarrollo y la cooperación para el desarrollo.

Artículo 2. Solicitantes y Requisitos.

  1. Podrán presentar solicitud de subvención en esta modalidad estudiantes de posgrado de la Universidad de Granada que hayan iniciado sus estudios de posgrado a partir del curso académico 2003/2004. Se valorará la trayectoria investigadora previa, además de los conocimientos y experiencia en temas de cooperación y desarrollo.
  2. Deberá adjuntarse documento firmado que acredite el compromiso personal en el proyecto, un breve currículum y un informe del tutor/a del trabajo de investigación
  3. Si la investigación implicara trabajo de investigación de campo, habrá de adjuntarse prueba de contactos previos con la institución o el instituto, la universidad, la comunidad, la asociación, el barrio o lo que proceda (es decir, alguna prueba de aceptación, necesidad o interés por parte de lo/as “beneficiario/as” de la investigación propuesta).

Artículo 3. Documentación.

Obligatoriamente, todas las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

  1. Datos completos de la persona solicitante (incluida su dirección, teléfono, correo electrónico, etc.) de contacto a efectos de notificación, requerimiento y/o seguimiento.
  2. Denominación del proyecto de investigación, ámbito de aplicación y duración del mismo (siguiendo los datos que se solicitan en Anexo)
  3. Documento que acredite cumplir los requisitos que se señalan en el artículo 2, punto 1.
  4. Informe del profesor/a tutor/a favorable.
  5. El trabajo de investigación pormenorizado, según se indica en los distintos apartados del Anexo 5.
  6. Previsión de gastos de forma pormenorizada y desglosados por capítulos, artículos y conceptos, según formulario previsto en el Anexo 5.
  7. La Universidad de Granada se reserva el derecho a reclamar la información adicional que considere conveniente para aclarar o detallar el contenido de las propuestas de investigación.

Artículo 4. Plazo de Presentación de Solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 19 de junio de 2006 hasta el 30 de abril de 2007.

Artículo 5. Presentación de solicitudes.

  1. Los solicitantes deberán cumplimentar sus solicitudes conforme a los modelos que figuran en el Anexo 5.
  2. Las solicitudes serán presentadas en el Registro General de la Universidad de Granada y dirigidas a la Directora del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo (CICODE) del Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Cooperación al Desarrollo de esta Universidad (original en papel y copia del proyecto completo en soporte informático).
  3. Todas las solicitudes habrán de ser presentadas con antelación a la realización de las prácticas.
  4. La Universidad de Granada se reserva el derecho a reclamar la información suplementaria que considere conveniente para aclarar o detallar el contenido de las solicitudes.

Artículo 6. Criterios de valoración.

La Comisión de Estudios nombrada por el Consejo Asesor del CICODE estudiará los proyectos presentados en la actual convocatoria, para lo cual podrá recabar la colaboración de informadores y evaluadores externos (experto/as en las temáticas particulares de cada proyecto de investigación), y propondrá a dicho Consejo la concesión de subvención atendiendo a la conjunción de los siguientes criterios:

  1. Indicadores de calidad
    1. Adecuación, importancia, originalidad y aplicabilidad de la investigación respecto del área de conocimiento (desde el que se propone) en materia de desarrollo y cooperación para el desarrollo, así como ínter o multidisciplinariedad.
    2. Incorporación en el proyecto de conocimientos actuales de los procesos de desarrollo en su ámbito específico de aplicación.
    3. Coherencia y pertinencia del diseño global de la investigación: formulación y diseño, objetivos generales y específicos, propuestas y actividades para su ejecución, metodología, evaluación, etc.
    4. Viabilidad y operatividad del proyecto de investigación aplicada, así como evaluación del impacto que producirán sus resultados
    5. Capacidad para generar información empírica y/ o técnica que contribuya a la teoría y a la práctica en materia de desarrollo y cooperación para el desarrollo.
    6. Posibilidad de transferencia de la experiencia investigadora a otros ámbitos o ubicaciones.
    7. Difusión y divulgación de resultados (congresos, seminarios, organizaciones y asociaciones de desarrollo local e internacional).
    8. Capacidad para generar innovación y/o mejoras en la metodología, tales como instrumentos de observación, técnicas de investigación, medición de variables o análisis del impacto, investigación-acción, capacitación de beneficiarios…
    9. Mejora de la planificación global del desarrollo: diseño, diagnóstico, ejecución, evaluación y análisis del impacto, así como la participación de todos los agentes implicados.
    10. Adecuación del proyecto a los debates, los discursos y las prácticas más punteros en materia de desarrollo y cooperación al desarrollo
  2. Prioridades sectoriales y áreas geográficas
    Los proyectos de investigación, a efectos de áreas geográficas y prioridades sectoriales, tendrán como referencia el Capítulo I, artículo 4, de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Ley14/2003 de 22 de diciembre (BOJA núm. 251), así como líneas de actuación relevantes en este sentido.
    1. Áreas geográficas: América Latina, países árabes del norte de África y Oriente Medio, y África al sur del Sahara, especialmente aquellos con los menores Índices de Desarrollo Humano (IDH) y/o de Pobreza Humana (IPH)
    2. Prioridades sectoriales: servicios sociales básicos, fortalecimiento institucional, democracia y sociedad civil, derechos humanos e igualdad de oportunidades, identidades de los pueblos, cultura y patrimonio, protección y mejora del medio ambiente, economías y empresas (pequeñas y medianas) locales o artesanales, entre otras posibles.
  3. Desarrollo y cooperación al desarrollo
    1. Contribución de la investigación al desarrollo socioeconómico y sociocultural sostenible, al desarrollo endógeno
    2. Implicación y/ o participación de la comunidad beneficiaria en el desarrollo, en el corto, medio o largo plazo (capacitación de la población de forma equitativa y/o participación en su propio desarrollo)
    3. Contribución a buenas prácticas y aplicaciones en la cooperación
  4. Solicitantes:
    Se valorarán positivamente los siguientes aspectos
    1. Currículum Vitae
    2. Vinculación a Programa de Doctorado que incluya cursos y/o líneas de investigación tutelada en desarrollo y cooperación al desarrollo.
    3. Experiencia y formación previa en desarrollo y/o cooperación para el desarrollo (haber cursado troncales, optativas o libre configuración en ese ámbito durante la licenciatura u otra formación similar). Trabajo en voluntariado, sensibilización u otros proyectos de desarrollo en asociaciones u organizaciones de desarrollo
    4. Capacidad operativa de cada solicitante para desarrollar la investigación en tiempo y forma, y para concluir sus estudios de doctorado
    5. Contactos previos con los “beneficiarios” de la investigación y/o con instituciones, organismos públicos y privados, grupos o equipos de investigación u otros similares
    6. Propuestas de divulgación e intercambio de información (norte a sur, sur a norte y/o sur a sur) a partir del estudio propuesto
    7. La justificación de no disponibilidad de suficientes recursos para el desarrollo de la investigación que se propone.

Artículo 7. Cuantía de las ayudas.

  1. Con carácter general, la financiación de los proyectos de investigación presentados no será superior a 3.000€. La dotación económica para la presente convocatoria es de 18.000,00 €.
  2. La financiación de estas investigaciones por parte de cualquier otra administración pública o ente privado para el mismo proyecto deberá ser notificada al CICODE. Recomendamos la solicitud de otras vías de financiación en convocatorias públicas.
  3. El pago de la financiación se realizará mediante transferencia bancaria siguiendo los procedimientos habituales en la Universidad de Granada.

Artículo 8. Resolución de las solicitudes.

  1. Durante el tiempo en el que la convocatoria permanezca abierta, la Comisión de Estudios del CICODE se reunirá periódicamente para evaluar los proyectos presentados.
  2. El Consejo Asesor del CICODE, a propuesta de esta Comisión, resolverá la concesión de las ayudas en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de las solicitudes.
  3. Una vez resuelta la Convocatoria, el Consejo Asesor elaborará un acta donde se recojan las solicitudes desestimadas, así como la relación de los estudiantes con la ayuda asignada a cada uno de ellos.
  4. La Directora del CICODE notificará a los solicitantes el resultado de la selección, así como el importe del fondo concedido. De igual modo, se harán públicos los resultados a través de la página web del CICODE.
  5. La forma de pago será acordada por la Dirección del CICODE según los procedimientos habituales en la Universidad de Granada.

Artículo 9. Seguimiento y justificación de los proyectos.

  1. El/ la solicitante deberá comunicar cualquier cambio en el curso del plan de trabajo, las actividades, las hipótesis, las fechas, etc. Cualquier incidencia sobre el diseño y la ejecución del proyecto de investigación subvencionado, en definitiva, ha de ser notificada al CICODE
  2. Los solicitantes han de comunicar la finalización del trabajo de investigación y, transcurridos como máximo tres meses, presentarán un informe descriptivo detallado (según el Anexo 6) sobre la recogida de datos, el análisis y los resultados de la investigación. Dicho informe contendrá, además, lo siguiente:
    1. La correspondiente justificación económica
    2. Una explicación detallada de las vías que utilizarán para la difusión de los datos (conferencias, publicaciones, comunicaciones y ponencias en congresos, etc.)
    3. Así como de los pasos para que esta investigación revierta en las personas y/o las instituciones relacionadas con la investigación.
  3. Se notificará (y enviará copia) al CICODE de cualquier convocatoria, conferencia y/o publicación, derivada de la investigación propuesta.
  4. La Universidad de Granada podrá convocar a los/las responsables de los proyectos subvencionados para realizar sesiones informativas y explicativas de los resultados de su investigación, donde se presentará el material gráfico-audiovisual y la documentación (programas, artículos de prensa, trabajos, etc.) que se hayan generado a fin de difundirlos en la comunidad universitaria. Dichas convocatorias pueden ser dos: resultados preliminares y/o trabajo en curso, así como resultados finales de la investigación.
  5. En toda la documentación y/o las publicaciones que se generen a partir de la difusión de datos sobre el proyecto de investigación, de acuerdo con el marco de esta convocatoria, habrá de constar que se han llevado a término con la financiación del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo (CICODE) de la Universidad de Granada.

Artículo 10. Revocación de las ayudas..

Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado al Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo con la antelación suficiente. Dicho Centro podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos o cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto, y cuando aquellas alteraciones temporales o sustantivas no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas.

También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación de los informes de actividades o de los justificantes originales del gasto realizado en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad.

El incumplimiento de los acuerdos establecidos supondrá que el solicitante no podrá concurrir a las futuras convocatorias del CICODE.

Disposición Final.

  1. La Universidad de Granada no se hará responsable de los daños que sufran u ocasionen los receptores de estas ayudas durante el viaje y la estancia en el país de destino.
  2. Los beneficiarios de estas ayudas están obligados a disponer de una póliza de seguros de asistencia sanitaria y de accidentes por el período completo de duración del viaje y de la estancia. La presentación de dicha póliza será necesaria para el cobro de la ayuda.
  3. La aceptación de la ayuda por parte de los beneficiarios implica la aceptación de las normas fijadas en esta convocatoria y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.