Objeto: ayudas para la realización de actividades de voluntariado internacional en proyectos de cooperación al desarrollo.
Dirigida a: estudiantes, miembros de PAS y PDI de la Universidad de Granada.
Plazo de presentación de solicitudes: desde el 20 de abril hasta el 6 de mayo de 2012.
Se ofrece la información detallada a continuación.
La modificación de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), aprobada el 12 de abril de 2007, establece por vez primera en la legislación universitaria de mayor rango una referencia explícita a la cooperación internacional y la solidaridad en el ámbito de las Universidades. En concreto, se incorpora el artículo 92 (“De la cooperación internacional y la solidaridad”), que señala lo siguiente: “Las universidades fomentarán la participación de los miembros de la comunidad universitaria en actividades y proyectos de cooperación internacional y solidaridad. Asimismo, propiciarán la realización de actividades e iniciativas que contribuyan al impulso de la cultura de la paz, el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, como elementos esenciales para el progreso solidario.”
La Ley Andaluza de Universidades (LAU) y los Estatutos de la Universidad de Granada también incorporan explícitamente la necesidad del compromiso solidario de nuestras instituciones universitarias. En concreto, la LAU, Título 3º, Artº. 53 sobre el Estudio, Docencia e Investigación, en su apartado 2 recoge que los programas de financiación universitaria contemplarán ayudas a programas que estén orientados a favorecer ”... la cooperación al desarrollo, interculturalidad, fomento de la cultura para la paz y Ia no violencia, de las políticas y prácticas de igualdad y muy especialmente las de género, y atención a colectivos sociales especialmente desfavorecidos”. Por su parte, en los Estatutos de la Universidad de Granada, en el Título lV, Capítulo III, Artículo 197 punto 1, se señala que 'La cooperación al desarrollo es el compromiso solidario de la Universidad con los países y sectores sociales más desfavorecidos. Con ese fin, impulsará actuaciones formativas, educativas, investigadoras, asistenciales y de promoción que tiendan a la consecución de una sociedad más justa, al impulso de la cultura de la paz, al desarrollo sostenible, al respeto medioambiental, así como a la organización de plataformas de voluntariado'.
Asimismo, la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) aprobó en junio de 2006 el Código de Conducta de las Universidades en Materia de Cooperación al Desarrollo. Este Código, que ya ha sido refrendado por la mayoría de las Universidades españolas, entre ellas la UGR por decisión de su Consejo de Gobierno de 12 de abril de 2007, señala cuáles deben ser las señas de identidad de la Cooperación Universitaria para el Desarrollo (CUD). El Código de Conducta define la CUD como “el conjunto de actividades llevadas a cabo por la comunidad universitaria y orientadas a la transformación social en los países más desfavorecidos, en pro de la paz, la equidad, el desarrollo humano y la sostenibilidad medioambiental en el mundo, transformación en la que el fortalecimiento institucional y académico tienen un importante papel”. Igualmente, se destaca que “la labor de la Universidad en el campo de la cooperación al desarrollo se encuentra estrechamente vinculada a su ámbito natural de actuación: la docencia y la investigación, cuestiones que son esenciales tanto para la formación integral de los estudiantes como para una mejor comprensión de los problemas que amenazan la consecución de un desarrollo humano y sostenible a escala universal. Además, el fortalecimiento institucional de los sistemas universitarios (mediante transferencia de conocimiento y tecnología, infraestructuras, entrega de equipos y otros recursos, etc.) y el asesoramiento y apoyo técnico a programas de desarrollo (especialmente los relacionados con la educación superior y aquellos en los que las capacidades científicas y críticas universitarias puedan suponer un valor añadido), junto con la sensibilización de la comunidad universitaria, constituyen ámbitos prioritarios del trabajo de la Universidad en este campo”.
La presente convocatoria tiene por objeto promover entre la Comunidad Universitaria la participación en Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo a través del Voluntariado Internacional. Se concederán 60 ayudas económicas de 1050 euros cada una para cubrir los gastos ocasionados por la realización de la estancia de voluntariado.
Las actividades de voluntariado objeto de la presente convocatoria se hallan subvencionadas por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, de acuerdo con los términos del Convenio Específico de Colaboración entre la AACID y la UGR, firmado el 30 de diciembre de 2011.
Las solicitudes presentadas deberán reunir las siguientes características:
1. Las actividades a realizar deberán estar integradas dentro de un Proyecto de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que se esté ejecutando en uno de los países prioritarios establecidos por el Plan Director de la Cooperación Andaluza 2008 - 2011.
2. El proyecto en el que participe el/la voluntario/a deberá tener como responsable a una persona/entidad perteneciente a la Universidad de Granada o una Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD) constituida legalmente en España.
3. La estancia de Voluntariado Internacional será de un mínimo de un mes de duración y deberá comenzar y finalizar en el año 2012. La cuantía de cada ayuda concedida será de 1.050 €, independientemente de la duración de la actividad de voluntariado.
1. La presente ayuda económica podrá ser solicitada por estudiantes de la UGR matriculados durante el curso 2011/2012 en titulaciones oficiales, así como los miembros de PDI y PAS de la misma.
2. No se admitirá la presentación de más de una solicitud por persona.
3. Las ayudas objeto de esta convocatoria serán incompatibles con otras ayudas concedidas por la Universidad de Granada para la realización de actividades de cooperación internacional en el mismo año. En aplicación de este criterio, no se concederán ayudas a estudiantes matriculados en el Master Oficial de Cooperación para el Desarrollo, Gestión Pública y de ONG durante el curso 2011/2012.
4. Se desestimarán las solicitudes de quienes hayan recibido ayudas económicas en convocatorias anteriores y no hayan cumplido con las obligaciones derivadas de las mismas.
Las solicitudes se formalizarán según se detalla a continuación.
1. Las solicitudes se cumplimentarán vía telemática a través de la aplicación informática con acceso desde la página web del CICODE (http://cicode.ugr.es/). La aplicación estará abierta desde el día 20 de abril de 2012 hasta las 23:59 del 6 de mayo de 2012.
La solicitud deberá contener obligatoriamente la siguiente información:
La solicitud telemática se deberá acompañar, en formato electrónico, de la siguiente documentación:
2. Durante el plazo en el que la aplicación se encuentre abierta, se podrá acceder a la solicitud y modificar los datos requeridos. Una vez cumplimentados todos los apartados y adjuntada la documentación escaneada, se deberá terminar la solicitud e imprimir el correspondiente resguardo. La aplicación no permitirá terminar solicitudes incompletas.
3. Será obligatorio presentar el resguardo de haber cumplimentado la solicitud a través del Registro General o Registros Auxiliares de la Universidad de Granada, hasta el 7 de mayo de 2012.
4. El CICODE publicará en su página web una lista de las solicitudes recibidas, con indicación de aquellas provisionalmente rechazadas por falta de documentación, abriéndose un plazo de diez días hábiles para subsanaciones, que deberán ser entregadas a través de los Registros Generales o Auxiliares de la Universidad de Granada.
5. El CICODE se reserva el derecho a reclamar la información suplementaria que considere conveniente para aclarar o detallar el contenido de las propuestas, así como los originales de los documentos escaneados presentados junto con la solicitud.
6. La participación en la convocatoria supone la aceptación de las bases por las que se rige.
Para la selección de los/as candidatos/as se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:
a) Adecuación del Proyecto en el que se participará a las políticas de cooperación internacional del ámbito nacional, andaluz y universitario.
b) Experiencia de trabajo en el ámbito de la cooperación internacional de la persona/entidad de la UGR u ONGD responsable del proyecto.
c) Experiencia de trabajo en el ámbito de la cooperación internacional de la contraparte del proyecto de cooperación.
d) Plan de trabajo del/de la voluntario/a.
e) Curriculum y experiencia del/de la voluntario/a.
f) Motivaciones personales para hacer voluntariado internacional en proyectos de cooperación internacional para el desarrollo.
g) Vinculación de la actividad de voluntariado con la formación/actividad académica, investigadora o profesional de la persona solicitante.
El CICODE podrá realizar una entrevista personal a las personas interesadas. El resultado de dicha entrevista formará parte de la valoración general de las solicitudes.
El CICODE examinará las solicitudes y remitirá la propuesta de valoración al Consejo Asesor del CICODE, encargado de elevarla, con su informe, a la Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación al Desarrollo, quien dictará la correspondiente resolución provisional y definitiva.
Las resoluciones se publicarán en la página web del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación al Desarrollo y del CICODE.
Las personas beneficiarias de la ayuda tendrán un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la Resolución definitiva para:
a) Aceptar la ayuda concedida, presentando el impreso establecido al efecto preferentemente a través del Registro de la Oficina de Relaciones Internacionales. o bien a través de Registro General de la UGR o cualquiera de los registros auxiliares.
b) O renunciar a la ayuda, en cuyo caso deberán presentar una carta de renuncia, acompañada de una copia del DNI.
Pasado el plazo indicado sin haber aceptado o renunciado a la ayuda, se entenderá que el solicitante renuncia a la ayuda.
En caso de producirse renuncias o revocaciones de oficio se avisará a las personas suplentes por orden de lista.
El abono de la ayuda se realizará en dos pagos, previa presentación de la documentación justificativa, de acuerdo con lo especificado en el impreso de aceptación.
Todos/as los/as beneficiarios/as de las ayudas y 10 personas suplentes, previamente a la realización del voluntariado internacional, deberán asistir obligatoriamente a un curso breve de formación en Voluntariado Internacional, gratuito y organizado por el CICODE.
A la finalización de la actividad de voluntariado internacional, los/as beneficiarios de las ayudas deberán asistir obligatoriamente a una jornada de retorno, en la que se evaluarán en grupo las actividades de voluntariado llevadas a cabo y se ayudará a los/as participantes a integrar y posteriormente transmitir su experiencia.
El CICODE podrá convocar a los/as voluntarios/as para realizar sesiones informativas o de sensibilización, donde se presentará el material gráfico-audiovisual y la documentación que se haya generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones y campañas de sensibilización, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.
A la finalización de la estancia los/as beneficiarios/as de las ayudas presentarán en el plazo de dos meses:
- Una memoria final elaborada por la persona beneficiaria en el modelo establecido al efecto.
- Un informe elaborado por el/la responsable de la entidad de acogida en el modelo establecido al efecto.
- La documentación justificativa de los gastos que se les requiera (tarjetas de embarque, billetes de autobús/tren/barco, contrato de arrendamiento, facturas, etc.).
En toda la documentación que se genere en la ejecución de los proyectos subvencionados, de acuerdo con el marco de esta convocatoria, habrá de constar que se han llevado a término en el marco de un programa del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada y con la financiación de la Agencia Andaluza de Cooperación al Desarrollo.
Los seleccionados que acepten la ayuda deberán, para la satisfactoria realización de la estancia, seguir una serie de trámites antes, durante y después del período de estancia de voluntariado, entre ellos:
ANTES:
• Gestionar su viaje, alojamiento, visado y permiso de estancia, en su caso, y realizar cualquier otra gestión necesaria para asegurar la permanencia en el destino durante todo el período de estancia.
• Contratar el seguro obligatorio de asistencia en el viaje y con las coberturas mínimas exigidas por la UGR (se solicitará que se entregue una copia del justificante) que asegure asimismo la cobertura sanitaria en el país de destino.
• Informarse de las recomendaciones ofrecidas por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España y del país de destino, que serán de obligado cumplimiento en el caso de estudiantes de la Universidad de Granada, así como registrar sus datos en el Registro de Viajeros informático del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España.
• Asistir a la formación previa obligatoria, gratuita y organizada por el CICODE.
DURANTE:
• Llevar a cabo la actividad de voluntariado descrita en su solicitud y en base a la cual se le concede la ayuda.
DESPUÉS:
• Justificar la estancia, presentando la documentación requerida en el artículo 10, en el plazo de dos meses desde su regreso, y en todo caso antes de febrero de 2013 (incluido).
• Asistir a la jornada de retorno posterior a la actividad de voluntariado.
El incumplimiento de los trámites y obligaciones establecidos podrá derivar en la pérdida de la ayuda en la devolución parcial o total de la ayuda. Asimismo, las ayudas concedidas se podrán revocar total o parcialmente por los siguientes motivos:
a) En caso de producirse cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el plan de trabajo del/de la voluntario/a establecidos en la solicitud presentada. Los cambios producidos deberán comunicarse mediante escrito dirigido al Director del CICODE y siempre a través del Registro General o Registros Auxiliares de la Universidad de Granada o cualquier otro procedimiento establecido en la Ley 30/92, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
b) Por no presentar la documentación justificativa de estancia especificado en el apartado anterior (artículo 10) en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la estancia.
c) Por no asistir a la formación previa y jornada de retorno posterior a la estancia de voluntariado.
1. La Universidad de Granada queda exenta de toda responsabilidad por los daños que sufran u ocasionen los/as receptores/as de las ayudas durante el viaje y la estancia en el país de destino.
2. La aceptación de la ayuda por parte de los/as beneficiarios/as implica la aceptación de las normas fijadas en esta convocatoria y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.