V Convocatoria de Proyectos de Acción Social. Mayo 2005

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V Convocatoria de Proyectos de Acción Social. Mayo 2005

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V Convocatoria de Proyectos de Acción Social. Mayo 2005

BASES

En un mundo globalizado como el actual, el esfuerzo por construir una sociedad más justa no puede quedar restringido a los límites geográficos de una región o a las fronteras de un país y nadie puede permanecer indiferente o ajeno a las grandes desigualdades sociales, económicas, educativas, sanitarias, políticas, etc., existentes en el mundo de hoy. La Universidad de Granada, por tanto, no puede estar al margen de dicha situación y desde su especificidad propia, como institución educativa, ha de contribuir a paliar las necesidades de los países pobres y sectores sociales más desfavorecidos, mediante el fomento de proyectos solidarios que favorezcan su desarrollo y den prioridad a la participación directa de los países, regiones y colectivos beneficiarios, con el fin de conseguir que sean ellos los protagonistas de su propio desarrollo.

La presente convocatoria en sus distintas modalidades obedece a una nueva sensibilidad universitaria hacia estos problemas, reflejada tanto en la Ley Andaluza de Universidades (LAU en adelante) como en los nuevos Estatutos de la Universidad de Granada. En concreto, en la LAU, Título 3º, Artº. 53 sobre el Estudio, Docencia e Investigación, en su apartado 2 se recoge que los programas de financiación universitaria contemplarán ayudas a programas que estén orientados a favorecer “...la cooperación al desarrollo, interculturalidad, fomento de la cultura para la paz y la no violencia, de las políticas y prácticas de igualdad y muy especialmente las de género, y atención a colectivos sociales especialmente desfavorecidos”. Por su parte, en los Estatutos de la Universidad de Granada, en el Capítulo III, Artículo 190 punto 1, se señala que “La cooperación al desarrollo es el compromiso solidario de la Universidad con los países y sectores sociales más desfavorecidos. Con ese fin impulsará actuaciones formativas, educativas, investigadoras, asistenciales y de promoción que tiendan a la consecución de una sociedad más justa, así como la organización de plataformas de voluntariado”.

Con este espíritu se abre la presente convocatoria que contempla tres modalidades:

  • Modalidad 1. Cooperación Internacional para el Desarrollo
  • Modalidad 2. Acción Social
  • Modalidad 3. Sensibilización

MODALIDAD 1: COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO

Artículo 1. Objeto

El objeto de esta modalidad es fomentar la participación de la Universidad de Granada en proyectos de Cooperación al Desarrollo que se lleven a cabo en países o zonas desfavorecidas. Quedan excluidos de esta modalidad los proyectos de ayuda humanitaria y de emergencia, así como los destinados estrictamente a investigación que son objeto de otras convocatorias.

Artículo 2. Solicitantes

  1. Esta modalidad está dirigida preferentemente a miembros de la Comunidad Universitaria de Granada, que podrán presentar proyectos individualmente o en grupo. Excepcionalmente se subvencionarán proyectos presentados por instituciones educativas, personas jurídicas y entidades públicas o privadas nacionales o extranjeras sin ánimo de lucro.
  2. En el caso de los proyectos presentados por miembros de la comunidad universitaria, el solicitante tendrá que adjuntar un documento firmado en el que acredite su compromiso personal en el diseño y desarrollo del proyecto, especificando cuál será la función que desempeñará en la ejecución del mismo; además habrá de presentar un breve curriculum en el que acredite su vinculación con el campo del desarrollo, la cooperación y/o el voluntariado.
  3. En el caso de proyectos que sean solicitados por instituciones educativas, personas jurídicas y entidades públicas o privadas nacionales o extranjeras sin ánimo de lucro, habrán de acreditar:
    1. Estar legalmente constituidas.
    2. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    3. Garantizar, a través de la oportuna memoria de actividades, la experiencia en el campo de la cooperación para el desarrollo, así como que disponen de la estructura organizativa suficiente para garantizar la gestión y el seguimiento del proyecto.
    4. Comprometerse a colaborar con las actividades formativas y de voluntariado internacional del CICODE, incorporando en su caso estudiantes en sus proyectos. e) Si el solicitante fuese una entidad o una persona jurídica extranjera, deberá aportar el respaldo de una entidad española.
  4. No se admitirá la presentación de más de un proyecto por cada solicitante, ya sea miembro de la comunidad universitaria o entidad.

Artículo 3. Presentación de las solicitudes

  1. Obligatoriamente, los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud conforme al modelo del Anexo 1 de la presente convocatoria. No será evaluada ninguna solicitud que incumpla este requisito.
  2. Las solicitudes que constarán del original, cuatro copias en papel y el proyecto completo en soporte informático, se dirigirán a la Directora del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada, a través del Registro General de la Universidad de Granada o cualquier otro procedimiento establecido en la Ley 30/92, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 4. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes permanecerá abierto desde el día 23 de mayo de 2005 hasta el 9 de septiembre de 2005.

Artículo 5. Documentación

  1. Obligatoriamente, todos los proyectos deberán contener:
    1. Datos de la persona/s o entidad solicitante del proyecto.
    2. Datos de la contraparte local.
    3. Identificación y tipo de implicación de los miembros de la Universidad que participan en los proyectos, así como a qué colectivo pertenecen.
    4. Datos del proyecto:
      1. Denominación
      2. Ámbito de aplicación
      3. Objetivos general y específicos
      4. Beneficiarios del proyecto
      5. Antecedentes, contexto y justificación, matriz de planificación, procedimiento de ejecución y estudio de viabilidad.
      6. Duración y Cronograma
      7. Previsión de gastos de forma pormenorizada y desglosados por capítulos, artículos y conceptos
      8. Financiadores del proyecto
      9. La documentación que acredite los contactos previos con el país destinatario y la demanda del proyecto.
    5. En el supuesto de que en el proyecto colabore una entidad pública o entidad sin ánimo de lucro, la solicitud deberá ir acompañada de un documento que recoja el consentimiento expreso del representante legal de la entidad, así como copia de los estatutos en su caso.
  2. La Universidad de Granada se reserva el derecho a reclamar la información suplementaria que considere conveniente para aclarar o detallar el contenido de las propuestas.

Artículo 6. Criterios de valoración

  1. Los proyectos presentados podrán ser sometidos a evaluación externa. La Dirección del CICODE teniendo en cuenta los informes de evaluación elaborará una propuesta de concesión de subvención al Consejo Asesor que adoptará la resolución definitiva.
  2. La evaluación y valoración de los proyectos se realizará atendiendo a la conjunción de los siguientes criterios:
    1. Indicadores de calidad – 25 puntos
      • La coherencia y pertinencia en la formulación de la justificación del proyecto, los objetivos generales y específicos marcados, los resultados esperados y las actividades previstas.
      • La adecuación al proyecto de los recursos económicos, técnicos y humanos.
      • La capacidad de los proyectos para generar efectos positivos, evaluables y perdurables en el tiempo.
      • La formulación de indicadores objetivamente verificables.
      • La incorporación de una perspectiva de desarrollo sostenible, medioambiental, social, económico y de género.
      • El proyecto estará enmarcado dentro de las estrategias prioritarias para el desarrollo del país, dentro del marco nacional e internacional de la cooperación al desarrollo.
      • La existencia de cofinanciación del proyecto por parte de Departamentos, Centros... de la Universidad u otro tipo de entidades públicas o privadas.
    2. Destinatarios-Beneficiarios - 30 puntos: Los proyectos se evaluarán según los siguientes criterios, en orden de prelación:
      1. Prioridad geográfica de acuerdo con el Indice de Desarrollo Humano (IDH) y el Indice de Pobreza Humana (IPH) del país y de las características socioeconómicas del área en que se va a desarrollar el proyecto.
      2. Sectores de la población más vulnerable: infancia, mujer, refugiados, desplazados e indígenas, etc.
      3. Implicación y participación de la comunidad beneficiaria en el desarrollo, gestión y sostenibilidad del proyecto.
    3. Tipos de actividades planteadas en los proyectos - 20 puntos: La tipología de las actividades incluidas en los proyectos se evaluarán según los siguientes criterios, en orden de prelación:
      1. Actividades educativas y formativas en cualquiera de los ámbitos del desarrollo y la cooperación al desarrollo.
      2. Actividades en el ámbito de la salud, las infraestructuras básicas, la vivienda y seguridad alimentaria.
      3. Actividades destinadas a la defensa y el respeto de los derechos humanos, así como al fortalecimiento democrático de los países beneficiarios.
      4. Actividades de protección y restauración del medio ambiente.
    4. Solicitantes y contraparte - 25 puntos
      • Se valorará positivamente la participación de miembros de la comunidad universitaria en la elaboración y ejecución de los proyectos. Dentro de este colectivo, y en las condiciones indicadas, tendrá preferencia el personal universitario que acredite pertenecer a alguna entidad sin ánimo de lucro o persona jurídica en cuyo nombre presente y ejecute el proyecto.
      • Se valorará positivamente la vinculación del proyecto a las actividades docentes e investigadoras de los solicitantes así como las aportaciones que realiza al desarrollo y la cooperación.
      • Se considerará igualmente de forma positiva la vinculación que la persona o institución que presente y ejecute el proyecto tenga con programas de acción social de alguna Universidad o institución educativa del país beneficiario. En su defecto, se tendrá en cuenta la experiencia conjunta de la persona o entidad sin ánimo de lucro solicitante con la contraparte de destino (entidad, institución, agrupación, comunidad...).
      • La experiencia de proyectos de cooperación al desarrollo de la contraparte, así como su vinculación con la comunidad beneficiaria.
      • La experiencia y capacidad operativa de los solicitantes para desarrollar el proyecto y efectuar el seguimiento de su gestión.
      • Aportación en recursos humanos, materiales y económicos del solicitante y la contraparte.

Artículo 7. Selección.

El Consejo Asesor del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada será el órgano encargado de resolver la convocatoria. Se notificará el resultado a los solicitantes en un plazo no posterior al 31 de octubre de 2005.

Artículo 8. Financiación y plazos de ejecución del proyecto

  1. Con carácter general, la financiación de los proyectos presentados no será superior a un 80% del importe presupuestado, ni superará los 24.000 €. Asimismo, el 20% de la financiación del proyecto deberá de ser asumida por el solicitante que presenta el proyecto y/o la contraparte local. Esta aportación podrá ser financiera o valorizada.
  2. Serán objeto de financiación mediante esta modalidad el arrendamiento y adquisición de bienes inmuebles, gastos de material fungible, inventariable, viajes, dietas y excepcionalmente gastos de personal, que en ningún caso podrán estar destinados a miembros de la Universidad de Granada.
  3. La financiación de cualquier otra administración pública o ente privado para el mismo proyecto deberá ser notificada al CICODE.
  4. El pago de la financiación se realizará mediante transferencia bancaria siguiendo los procedimientos habituales en la Universidad de Granada.
  5. El plazo máximo de ejecución de los proyectos será de un año a contar desde la fecha de la recepción de la cantidad otorgada, salvo prórroga autorizada expresamente por el CICODE.
  6. En el caso de proyectos plurianuales sólo se financiarán los gastos derivados de su ejecución en el período indicado en el punto anterior.

Artículo 9. Seguimiento y justificación de los proyectos.

  1. El CICODE establecerá un sistema de contactos periódicos con las personas responsables de los distintos proyectos, a fin de acompañar la evaluación y el seguimiento de los mismos.
  2. Los solicitantes han de comunicar al CICODE la finalización del proyecto y antes de los dos meses tras la misma presentar un informe descriptivo (Anexo 2), con su correspondiente justificación económica.
  3. La Universidad de Granada podrá convocar a todos los responsables de los programas de cooperación para realizar sesiones informativas, donde se presentará el material gráfico-audiovisual y la documentación (programas, artículos de prensa, trabajos, etc.) que se hayan generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones y campañas de sensibilización, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.
  4. En toda la documentación que se genere de las actividades solicitadas, de acuerdo con el marco de esta convocatoria, habrá de constar que se han llevado a término con la ayuda del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada.

Artículo 10. Revocación de las ayudas

  1. Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado al Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo con la antelación suficiente. Dicho Centro podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos o cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto, y cuando aquellas alteraciones temporales o sustantivas no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas.
  2. También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación de los informes de actividades o de los justificantes originales del gasto realizado en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la actividad.
  3. El incumplimiento de los acuerdos establecidos supondrá que la institución no podrá concurrir a las futuras convocatorias del CICODE.
  4. El incumplimiento del presente acuerdo podrá suponer el ejercicio por parte de la Universidad de Granada de las acciones que correspondan ante los Tribunales de Justicia.

Disposición Final

No podrán concurrir a esta convocatoria solicitantes que en convocatorias pasadas hayan incumplido las obligaciones derivadas de la concesión de las ayudas.

MODALIDAD 2: PROYECTOS DE ACCIÓN SOCIAL

Artículo 1. Objeto

  1. La modalidad de acción social persigue poner el potencial humano y de recursos de la Universidad de Granada al servicio de la sociedad en su entorno más inmediato, para promocionar los valores de solidaridad y equidad.
  2. En particular, la presente modalidad tiene por objeto apoyar iniciativas de miembros de la Universidad de Granada, individualmente o en grupo, que persigan la promoción y el desarrollo de colectivos desfavorecidos de nuestro entorno. Podrán financiarse proyectos en los siguientes ámbitos: discapacidad, inmigración, menores/jóvenes en riesgo social, personas sin techo, mujeres, mayores, reclusos y exreclusos, minorías étnicas, drogodependencias, así como cualquier otro que implique situaciones de desigualdad y exclusión social.
  3. El área territorial de ejecución de los proyectos ha de quedar circunscrito a la provincia de Granada y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Artículo 2. Solicitantes

  1. Podrá participar en la presente convocatoria cualquier miembro de la Universidad de Granada. Los beneficiarios de las ayudas podrán actuar de forma individual o en colectivo. En este último caso, se nombrará un coordinador que se responsabilizará de la gestión, desarrollo y justificación de los gastos del proyecto.
  2. La pertenencia a la Universidad de Granada deberá ser acreditada documentalmente.

Artículo 3. Presentación de solicitudes

  1. Los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud conforme al modelo que figura en el Anexo 2 de la presente convocatoria.
  2. Las solicitudes serán presentadas en el Registro General de la Universidad de Granada y dirigidas a la Directora del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo (CICODE) de esta Universidad (original y cuatro copias en papel, además del proyecto completo en soporte informático).

Artículo 4. Plazo de presentación de solicitudes

  1. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 23 de mayo de 2005 hasta el 31 de mayo de 2006.
  2. Las solicitudes deberán presentarse al menos dos meses antes de la fecha prevista para el inicio de las actuaciones contempladas en el proyecto.

Artículo 5. Documentación

  1. Obligatoriamente, todos los proyectos deberán contener.
    1. Datos de la persona responsable del proyecto, con indicación de teléfono, correo electrónico y dirección a efectos de notificaciones.
    2. Denominación del proyecto, resumen del mismo, justificación y antecedentes, ámbito de aplicación y duración del mismo.
    3. Relación de personas participantes (haciendo constar su grado de vinculación con la Universidad de Granada) y tipo de implicación de cada una de ellas en el desarrollo y ejecución del proyecto.
    4. Presupuesto detallado.
    5. Objetivos que se persiguen.
    6. Colectivo al que va dirigida la actividad.
    7. Acciones a realizar.
    8. Cauces de seguimiento de su ejecución.
    9. En el supuesto de que en el proyecto colabore una entidad pública o entidad sin ánimo de lucro, la solicitud deberá ir acompañada de un documento que recoja el consentimiento expreso del representante legal de la entidad, así como copia de los estatutos en su caso.
  2. La Universidad de Granada se reserva el derecho a reclamar la información suplementaria que considere conveniente para aclarar o detallar el contenido de las propuestas.

Artículo 6. Criterios de valoración

  1. La Comisión del Área de Sensibilización y Proyectos Locales del CICODE será la encargada de evaluar las distintas solicitudes y emitir un informe que remitirá al Consejo Asesor del CICODE, órgano que aprobará la resolución definitiva.
  2. En la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta, con carácter general, los siguientes factores:
    1. Formulación, coherencia y viabilidad de los objetivos generales y específicos propuestos.
    2. Grado de implicación de los solicitantes en el proyecto, así como su experiencia de trabajo conjunto y/o en iniciativas sociales.
    3. Existencia de colaboración para la realización del proyecto de ONGs o entidades públicas de contrastada experiencia en el ámbito de actuación para el que se propone.
    4. Se valorará positivamente la vinculación del proyecto a las actividades docentes e investigadoras de los solicitantes.
    5. Colectivo beneficiario.
    6. Indicación clara de las actividades y coherencia con los objetivos perseguidos.
    7. Cronograma de ejecución.
    8. Existencia de cauces adecuados de seguimiento.
    9. Adecuación al proyecto de los recursos económicos, técnicos y humanos.
    10. Claridad y desglose del presupuesto.
    11. Oportunidad de la intervención como respuesta a una necesidad o problemática social detectada y no suficientemente atendida.
    12. Asimismo se valorará positivamente la existencia de cofinanciación del proyecto por parte de Departamentos, Centros... de la Universidad u otro tipo de entidades públicas o privadas.

Artículo 7. Financiación

  1. La dotación económica para la presente convocatoria es de 18.000€. Con carácter general, la financiación no superará los 3.000€ en cada uno de los proyectos, salvo casos excepcionales.
  2. Serán objeto de financiación mediante esta convocatoria gastos de material fungible, inventariable, viajes, dietas y excepcionalmente gastos de personal, que nunca podrán ir destinados a miembros de la Universidad de Granada.
  3. La financiación de cualquier otra administración pública o ente privado para el mismo proyecto deberá de ser notificada al CICODE.
  4. El pago de la financiación se realizará siguiendo los procedimientos habituales en la Universidad de Granada.

Artículo 8. Resolución de las solicitudes.

  1. Durante el tiempo en el que la convocatoria permanecerá abierta, la Comisión de Sensibilización y Proyectos Locales se reunirá periódicamente para evaluar los proyectos presentados.
  2. El Consejo Asesor del CICODE, oído el informe de la Comisión del Área de Sensibilización y Proyectos Locales, valorará y resolverá la concesión de las ayudas a los proyectos presentados.
  3. Cada vez que se produzca una resolución, el Consejo Asesor elaborará un acta donde se recojan las solicitudes desestimadas, así como la relación de los proyectos financiados con la subvención asignada a cada uno de ellos.
  4. La Directora del CICODE notificará a los solicitantes el resultado de la selección, así como el importe del fondo concedido. De igual modo, se harán públicos los resultados a través de la página web del CICODE.

Artículo 9. Seguimiento y justificación de los proyectos

  1. El CICODE establecerá un sistema de contactos periódicos con las personas responsables de los distintos proyectos, a fin de acompañar la evaluación y el seguimiento de los mismos.
  2. Los solicitantes han de comunicar al CICODE la finalización del proyecto y antes de los dos meses tras la misma presentar un informe descriptivo, con su correspondiente justificación económica.
  3. La duración del proyecto no será superior a un año, a contar a partir de la fecha de la concesión de la ayuda.
  4. El CICODE podrá convocar a todos los responsables de los programas subvencionados para realizar sesiones informativas o de sensibilización, donde se presentará el material gráfico-audiovisual y la documentación que se hayan generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones y campañas de sensibilización, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.
  5. En toda la documentación que se genere en la ejecución de los proyectos subvencionados, de acuerdo con el marco de esta convocatoria, habrá de constar que se han llevado a término con la ayuda del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada.

Artículo 10. Revocación de las ayudas.

  1. Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado al CICODE con la antelación suficiente. Dicho Centro podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos o cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto, y cuando aquellas alteraciones temporales o sustantivas no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas.
  2. También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación de los informes de actividades o de los justificantes originales del gasto realizado en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la actividad.

Disposición Final

La aceptación de la ayuda por parte de los beneficiarios implica la aceptación de las normas fijadas en esta convocatoria y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.

MODALIDAD 3: PROYECTOS DE SENSIBILIZACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA DESIGUALDAD, LA INJUSTICIA SOCIAL Y LA COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Artículo 1. Objeto

  1. La presente modalidad tiene por objeto apoyar iniciativas de miembros de la Universidad de Granada que persigan la sensibilización de la comunidad universitaria y/o de la sociedad en general, respecto a las desigualdades e injusticias en el mundo de hoy, el desarrollo, la cooperación al desarrollo y la exclusión social.
  2. Se incluyen dentro de estas iniciativas la organización de jornadas, cursos, conferencias, mesas redondas, exposiciones, talleres, vídeo-forum o cualquier otra que pueda ayudar a conseguir el objeto que persigue la convocatoria en relación a cualquiera de los aspectos señalados.
  3. El área territorial de ejecución de los proyectos ha de quedar circunscrito a la provincia de Granada y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Artículo 2. Solicitantes

  1. Podrá participar en la presente convocatoria cualquier miembro de la Universidad de Granada. Los beneficiarios de las ayudas podrán actuar de forma individual o en colectivo. En este último caso, se nombrará un coordinador que se responsabilizará de la gestión, desarrollo y justificación de los gastos del proyecto.
  2. La pertenencia a la Universidad de Granada deberá ser acreditada documentalmente.

Artículo 3. Presentación de solicitudes

  1. Los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud conforme al modelo que figura en el Anexo 3 de la presente convocatoria.
  2. Las solicitudes serán presentadas en el Registro General de la Universidad de Granada y dirigidas a la Directora del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo (CICODE) de esta Universidad (original y cuatro copias).

Artículo 4. Plazo de presentación de solicitudes

  1. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día 23 de mayo de 2005 hasta el 31 de mayo de 2006.
  2. Las solicitudes deberán presentarse al menos dos meses antes de la fecha prevista para el inicio de las actuaciones contempladas en el proyecto.

Artículo 5. Documentación

  1. Obligatoriamente, todos los proyectos deberán contener:
    1. Datos de la persona responsable del proyecto, con indicación de teléfono, correo electrónico y dirección a efectos de notificaciones.
    2. Denominación del proyecto, resumen del mismo, justificación y antecedentes y duración del mismo.
    3. Relación de personas participantes (haciendo constar su grado de vinculación con la Universidad de Granada) y tipo de implicación de cada una de ellas en el desarrollo y ejecución del proyecto.
    4. Presupuesto detallado.
    5. Objetivos que se persiguen.
    6. Actividades a realizar.
    7. Cauces de seguimiento de su ejecución.
    8. En el supuesto de que en el proyecto colabore una entidad pública o entidad sin ánimo de lucro, la solicitud deberá ir acompañada de un documento que recoja el consentimiento expreso del representante legal de la entidad, así como copia de los estatutos en su caso.
  2. La Universidad de Granada se reserva el derecho a reclamar la información suplementaria que considere conveniente para aclarar o detallar el contenido de las propuestas.

Artículo 6. Criterios de valoración

  1. La Comisión del Área de Sensibilización y Proyectos Locales del CICODE será la encargada de evaluar las distintas solicitudes y emitir un informe que remitirá al Consejo Asesor del CICODE, órgano que aprobará la resolución definitiva.
  2. En la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta, con carácter general, los siguientes factores:
    1. Formulación, coherencia y viabilidad de los objetivos generales y específicos propuestos.
    2. Oportunidad del tema del proyecto con respecto al objeto de la convocatoria.
    3. Originalidad y novedad de la propuesta y/o de la metodología utilizada.
    4. Grado de implicación de los solicitantes en el proyecto, así como su experiencia de trabajo conjunto y/o en iniciativas sociales de sensibilización.
    5. Se valorará positivamente la participación del colectivo beneficiario.
    6. Se valorará positivamente la vinculación del proyecto a las actividades docentes e investigadoras de los solicitantes.
    7. Indicación clara de las actividades y coherencia con los objetivos perseguidos.
    8. Cronograma de ejecución.
    9. Existencia de cauces adecuados de seguimiento.
    10. Adecuación al proyecto de los recursos económicos, técnicos y humanos.
    11. Claridad y desglose del presupuesto.
    12. Se valorará positivamente que las personas que realicen las actividades lo hagan de forma gratuita.
    13. Asimismo se valorará positivamente la existencia de cofinanciación del proyecto por parte de Departamentos, Centros... de la Universidad u otro tipo de entidades públicas o privadas.

Artículo 7. Financiación

  1. La dotación económica para la presente convocatoria es de 15.000€. Con carácter general, la financiación no superará los 2.000€ en cada uno de los proyectos, salvo casos excepcionales.
  2. La financiación de cualquier otra administración pública o ente privado para el mismo proyecto deberá de ser notificada al CICODE.
  3. Serán objeto de financiación mediante esta convocatoria gastos de material fungible, inventariable, viajes, dietas y excepcionalmente gastos de personal, que nunca podrán ir destinados a miembros de la Universidad de Granada.
  4. El pago de la financiación se realizará siguiendo los procedimientos habituales en la Universidad de Granada.

Artículo 8. Resolución de las solicitudes

  1. Durante el tiempo en el que la convocatoria permanecerá abierta, la Comisión de Sensibilización y Proyectos Locales se reunirá periódicamente para evaluar los proyectos presentados.
  2. El Consejo Asesor del CICODE, oído el informe de la Comisión del Área de Sensibilización y Proyectos Locales, valorará y resolverá la concesión de las ayudas a los proyectos presentados.
  3. Cada vez que se produzca una resolución, el Consejo Asesor elaborará un acta donde se recojan las solicitudes desestimadas, así como la relación de los proyectos financiados con la subvención asignada a cada uno de ellos.
  4. La Directora del CICODE notificará a los solicitantes el resultado de la selección, así como el importe del fondo concedido. De igual modo, se harán públicos los resultados a través de la página web del CICODE.

Artículo 9. Seguimiento y justificación de los proyectos

  1. El CICODE establecerá un sistema de contactos periódicos con las personas responsables de los distintos proyectos, a fin de acompañar la evaluación y el seguimiento de los mismos.
  2. La celebración de todas las actividades de sensibilización a las que se destinen las ayudas de esta convocatoria, deberá ser comunicada al CICODE con la antelación suficiente para su posible difusión mediante su página Web, Boletín Digital u otras vías que se consideren oportunas.
  3. Los solicitantes han de comunicar la finalización del proyecto y antes de los dos meses tras la misma presentar un informe descriptivo, con su correspondiente justificación económica.
  4. El período de ejecución de la actividad no será superior a un año, a contar a partir de la fecha de la concesión de la ayuda.
  5. El CICODE podrá convocar a todos los responsables de los programas subvencionados para realizar sesiones informativas, donde se presentará el material gráfico-audiovisual y la documentación que se hayan generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones y nuevas campañas de sensibilización, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.
  6. En toda la documentación que se genere en la ejecución de los proyectos subvencionados, de acuerdo con el marco de esta convocatoria, habrá de constar que se han llevado a término con la ayuda del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada.

Artículo 10. Revocación de las ayudas

  1. Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado al CICODE con la antelación suficiente. Dicho Centro podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos o cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto, y cuando aquellas alteraciones temporales o sustantivas no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas.
  2. También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación de los informes de actividades o de los justificantes originales del gasto realizado en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la actividad.

Disposición Final

La aceptación de la ayuda por parte de los beneficiarios implica la aceptación de las normas fijadas en esta convocatoria y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.