VIII Convocatoria de Proyectos de Cooperación Universitaria para el Desarrollo, Transferencia de Conocimientos en el Ámbito de la Acción Social y Sensibilización y Educación para el Desarrollo

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VIII Convocatoria de Proyectos de Cooperación Universitaria para el Desarrollo, Transferencia de Conocimientos en el Ámbito de la Acción Social y Sensibilización y Educación para el Desarrollo

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Modalidad 2: Proyectos de Transferencia y Aplicación Práctica de Conocimientos en el Ámbito de la Acción Social

Artículo 1. Objeto

  1. El objeto de esta convocatoria es promover la participación de miembros de la Universidad de Granada en proyectos de transferencia y aplicación práctica de conocimiento a los distintos ámbitos de la acción social. Esta modalidad trata de poner el potencial humano y de recursos de la Universidad de Granada al servicio de la sociedad en nuestro entorno más cercano.
  2. Son objeto de esta convocatoria aquellos proyectos liderados por miembros de la UGR que persigan que colectivos sociales vulnerables, excluidos o desfavorecidos de nuestro entorno, se beneficien del conocimiento o la tecnología generada en nuestra Universidad, en un proceso de aplicación práctica y transferencia de la misma.
  3. Los ámbitos de actuación sobre los que podrán financiarse proyectos mediante esta convocatoria son: discapacidad, inmigración, menores/jóvenes en riesgo social, personas sin techo, mujeres, mayores, reclusos y exreclusos, minorías étnicas, drogodependencias, así como cualquier otro que implique situaciones de vulnerabilidad, desigualdad, discriminación o exclusión social.
  4. El área territorial de ejecución de los proyectos ha de quedar circunscrito a la provincia de Granada y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Artículo 2. Solicitantes

  1. Podrá participar en la presente convocatoria cualquier miembro de la Universidad de Granada. Los beneficiarios de las ayudas podrán actuar de forma individual o en colectivo. En este último caso, se nombrará un coordinador que se responsabilizará de la gestión, desarrollo y justificación de los gastos del proyecto.
  2. La pertenencia a la Universidad de Granada deberá ser acreditada documentalmente.
  3. No podrán concurrir a esta convocatoria quienes habiendo recibido subvenciones del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo (CICODE) en convocatorias previas, no hayan justificado adecuadamente en forma y plazo las ayudas recibidas.

Artículo 3. Presentación de solicitudes

  1. Los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud conforme al modelo que figura en el Anexo 3 de la presente convocatoria.
  2. Las solicitudes serán presentadas en el Registro General de la Universidad de Granada y dirigidas a la Directora del CICODE de esta Universidad (original en papel, además del proyecto completo en soporte informático).

Artículo 4. Plazo de presentación de solicitudes

  1. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 1 de abril de 2008 hasta el 31 de marzo de 2009.
  2. Las solicitudes deberán presentarse al menos dos meses antes de la fecha prevista para el inicio de las actuaciones contempladas en el proyecto.

Artículo 5. Documentación

  1. Obligatoriamente, todos los proyectos deberán contener.
    1. Datos de la persona responsable del proyecto, con indicación de teléfono, correo electrónico y dirección a efectos de notificaciones.
    2. Denominación del proyecto, resumen del mismo, justificación y antecedentes, ámbito de aplicación y duración del mismo.
    3. Relación de personas participantes (haciendo constar su vinculación con la Universidad de Granada) y tipo de implicación de cada una de ellas en el desarrollo y ejecución del proyecto.
    4. Presupuesto detallado.
    5. Objetivos que se persiguen
    6. Colectivo beneficiario.
    7. Acciones a realizar.
    8. Cronograma.
    9. Cauces de seguimiento de su ejecución.
    10. En el supuesto de que en el proyecto colabore una entidad pública o entidad sin ánimo de lucro, la solicitud deberá ir acompañada de un documento que recoja el consentimiento expreso del representante legal de la entidad, así como copia de los estatutos en su caso.
  2. La Universidad de Granada se reserva el derecho a reclamar la información suplementaria que considere conveniente para aclarar o detallar el contenido de las propuestas.

Artículo 6. Criterios de valoración

  1. La Comisión del Área de Sensibilización y Proyectos Locales del CICODE será la encargada de evaluar las distintas solicitudes y emitir un informe que remitirá al Consejo Asesor del CICODE, órgano que aprobará la resolución definitiva.
  2. En la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta, con carácter general, los siguientes factores:
    1. Formulación, coherencia y viabilidad de los objetivos generales y específicos propuestos.
    2. Grado de implicación de los solicitantes en el proyecto, así como su experiencia de trabajo conjunto, en iniciativas sociales y en proyectos de transferencia y aplicación práctica de conocimientos.
    3. Colaboración para la realización del proyecto con ONGs o entidades públicas de contrastada experiencia en el ámbito de actuación para el que se propone.
    4. Se valorará positivamente la vinculación del proyecto a las actividades docentes e investigadoras de los solicitantes.
    5. Colectivo beneficiario.
    6. Indicación clara de las actividades y coherencia con los objetivos perseguidos.
    7. Cronograma de ejecución.
    8. Existencia de cauces adecuados de seguimiento.
    9. Adecuación al proyecto de los recursos económicos, técnicos y humanos.
    10. Claridad y desglose del presupuesto.
    11. Oportunidad de la intervención como respuesta a una necesidad o problemática social detectada y no suficientemente atendida.
    12. Asimismo se valorará positivamente la existencia de cofinanciación del proyecto por parte de Departamentos, Centros... de la Universidad u otro tipo de entidades públicas o privadas.

Artículo 7. Financiación

  1. Con carácter general, la financiación no superará los 6.000€ en cada uno de los proyectos, salvo casos excepcionales.
  2. Serán objeto de financiación mediante esta convocatoria gastos de material fungible, inventariable, material bibliográfico, gastos de divulgación y difusión, viajes, dietas y excepcionalmente gastos de personal que nunca podrán ir destinados a profesores/as y miembros del PAS de la Universidad de Granada.
  3. La financiación de cualquier otra administración pública o ente privado para el mismo proyecto deberá de ser notificada al CICODE.
  4. El pago de la financiación se realizará siguiendo los procedimientos habituales en la Universidad de Granada, en dos plazos: el 75% al inicio del proyecto y el 25% restante una vez que se justifique la cantidad inicial recibida.

Artículo 8. Resolución de solicitudes

  1. Durante el tiempo en el que la convocatoria permanecerá abierta, la Comisión de Sensibilización y Proyectos Locales se reunirá periódicamente para evaluar los proyectos presentados.
  2. El Consejo Asesor del CICODE, oído el informe de la Comisión del Área de Sensibilización y Proyectos Locales, valorará y resolverá la concesión de las ayudas a los proyectos presentados.
  3. Cada vez que se produzca una resolución, el Consejo Asesor elaborará un acta donde se recojan las solicitudes desestimadas, así como la relación de los proyectos financiados con la subvención asignada a cada uno de ellos.
  4. La Directora del CICODE notificará a los solicitantes el resultado de la selección, así como el importe del fondo concedido. De igual modo, se harán públicos los resultados a través de la página web del CICODE.

Artículo 9. Seguimiento y justificación de los proyectos

  1. El CICODE establecerá un sistema de contactos periódicos con las personas responsables de los distintos proyectos, a fin de acompañar la evaluación y el seguimiento de los mismos.
  2. Los solicitantes han de comunicar al CICODE la finalización del proyecto y antes de los dos meses tras la misma presentar un informe descriptivo (Anexo 4), con su correspondiente justificación económica, que ha de incluir las facturas originales o el asiento contable correspondiente de la Universidad de Granada.
  3. La duración del proyecto no será superior a un año, a contar a partir de la fecha de la concesión de la ayuda.
  4. El CICODE podrá convocar a todos los responsables de los programas subvencionados para realizar sesiones informativas o de sensibilización, donde se presentará el material gráfico-audiovisual y la documentación que se hayan generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones y campañas de sensibilización, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.
  5. En toda la documentación que se genere en la ejecución de los proyectos subvencionados, de acuerdo con el marco de esta convocatoria, habrá de constar que se han llevado a término con la ayuda del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada.

Artículo 10. Revocación de las ayudas

  1. Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado al CICODE con la antelación suficiente. Dicho Centro podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos o cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto, y cuando aquellas alteraciones temporales o sustantivas no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas.
  2. También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación de los informes de actividades o de los justificantes originales del gasto realizado en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la actividad.

Disposición Final

La aceptación de la ayuda por parte de los beneficiarios implica la aceptación de las normas fijadas en esta convocatoria y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.

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