VIII Convocatoria de Proyectos de Cooperación Universitaria para el Desarrollo, Transferencia de Conocimientos en el Ámbito de la Acción Social y Sensibilización y Educación para el Desarrollo

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VIII Convocatoria de Proyectos de Cooperación Universitaria para el Desarrollo, Transferencia de Conocimientos en el Ámbito de la Acción Social y Sensibilización y Educación para el Desarrollo

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Modalidad 1: Cooperación Universitaria para el Desarrollo

Artículo 1. Objeto

El objeto de la presente convocatoria es apoyar y fomentar la participación de los miembros de la Universidad de Granada (UGR en adelante) mediante la financiación de proyectos y acciones de Cooperación Universitaria para el Desarrollo en el ámbito de la docencia y formación, la investigación aplicada, la transferencia de tecnología y conocimiento, cultura, comunicación e información y el fortalecimiento institucional de Universidades de países o regiones con bajos índices de desarrollo humano. Serán objeto de la misma actuaciones de cuatro tipos, dándole especial valoración a los proyectos que impliquen cooperación interuniversitaria y que contribuyan a consolidar una estrategia institucional de cooperación:

  1. Proyectos formativos: acciones que posibiliten mejorar los respectivos índices de la comunidad beneficiaria, formación de recursos humanos, formación de formadores/as universitarios/as y proyectos académicos para impartir programas de masteres no oficiales, expertos y cursos, o cualquier otra acción formativa en campos afines al desarrollo y/o la cooperación internacional.
  2. Proyectos de Investigación Aplicada al Desarrollo Humano y Sostenible: acciones de investigación dirigidas con un propósito finalista a obtener efectos e impactos concretos y directos en el desarrollo humano.
  3. Proyectos que persigan la transferencia de información, conocimiento y nuevas tecnologías: apoyo a los países para que puedan desarrollar sus propias capacidades de investigación, de innovación o adaptación tecnológica a sus condiciones locales.
  4. Proyectos de fortalecimiento institucional de las Universidades de países en vías de desarrollo, dirigidos a mejorar sus capacidades y potencialidades académicas y de gestión.

Con carácter excepcional, serán también objeto de esta convocatoria proyectos de desarrollo de otra tipología a las indicadas en estos cuatro apartados y que incluyan una alta participación de miembros de la comunidad universitaria. Quedan excluidas de esta convocatoria las acciones de ayuda humanitaria y de emergencia, así como las destinadas estrictamente a investigación básica.

Artículo 2. Características prioritarias de las acciones

  1. Ámbito temporal: los proyectos se desarrollarán normalmente dentro de los 12 meses siguientes a la recepción de la subvención, si bien excepcionalmente se podrá contemplar la posibilidad de subvencionar proyectos plurianuales (de 2 ó 3 años de duración).
  2. Objetivos de desarrollo: los proyectos han de tener como objetivo la promoción y el desarrollo de personas y comunidades, fomentando la equidad de género y el desarrollo sostenible, respetando su identidad histórica y cultural y evitando actuaciones tendentes a generar o reforzar relaciones de dependencia con los países desarrollados.
  3. Las actuaciones habrán de contar con la participación directa y activa de sus beneficiarios/as, docentes o investigadores/as del país en desarrollo.
  4. Las acciones habrán de ser establecidas y lideradas por los/as propios/as beneficiarios/as a través de sus instituciones e iniciativa, que asimismo ofrezcan garantías suficientes para la consecución de los objetivos propuestos.
  5. Los proyectos deberán gestionarse de forma que los beneficios a terceros que indirectamente se generen (tales como la contratación de técnicos/as, becarios/as, adquisiciones de material y equipos, etc.) recaigan en la medida de lo posible en las propias zonas económicas y áreas de población beneficiarias directas de su ejecución.
  6. Los proyectos deberán tener una repercusión práctica, evaluable y cuantificable en los/as beneficiarios/as propuestos/as.
  7. Los proyectos que se presenten deberán estimular, facilitar y canalizar la participación en ellos, tanto directa como indirectamente, de la comunidad universitaria de la UGR.
  8. Los proyectos y la participación universitaria en ellos estarán orientados por los criterios establecidos en el Código de Conducta de las Universidades en materia de Cooperación al Desarrollo, aprobado por el Comité Español Universitario de Relaciones Internacionales (CEURI) en 2006, y al que la UGR se adhirió por decisión de su Consejo de Gobierno de 12 de abril de 2007.

Artículo 3. Solicitantes

  1. Esta convocatoria está dirigida a miembros de la Comunidad Universitaria de la UGR (PDI, PAS y estudiantes), que podrán presentar proyectos individualmente o en grupo. Excepcionalmente se subvencionarán proyectos presentados por instituciones educativas, personas jurídicas y entidades públicas o privadas nacionales o extranjeras sin ánimo de lucro, siempre que incorporen una alta participación de miembros de nuestra comunidad universitaria.
  2. Los/as solicitantes y participantes de la UGR en el proyecto tendrán que especificar claramente cuál/es serán las funciones que desempeñarán en la ejecución del mismo. Además deberán presentar un breve currículo en el que acrediten su vinculación con el campo del desarrollo, la cooperación y/o el voluntariado, en el caso de poseer estos méritos. Tendrán preferencia los proyectos multidisciplinares.
  3. En el caso de proyectos que sean solicitados por instituciones educativas, personas jurídicas y entidades públicas o privadas nacionales o extranjeras sin ánimo de lucro, habrán de acreditar:
    1. Estar legalmente constituidas
    2. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    3. Garantizar, a través de la oportuna memoria de actividades, la experiencia en el campo de la cooperación para el desarrollo, así como que disponen de la estructura organizativa suficiente para garantizar la gestión y el seguimiento del proyecto.
    4. Comprometerse a colaborar con las actividades formativas y de voluntariado internacional del CICODE, incorporando en su caso estudiantes en sus proyectos. Si el/la solicitante fuese una entidad o una persona jurídica extranjera, deberá aportar el respaldo de una entidad española.
  4. No se admitirá la presentación de más de un proyecto por cada solicitante, ya sea miembro de la comunidad universitaria o entidad.

Artículo 4. Presentación de las solicitudes

  1. Obligatoriamente, los/as solicitantes deberán cumplimentar la solicitud conforme al modelo del Anexo 1 de la presente convocatoria. No será evaluada ninguna solicitud que incumpla este requisito.
  2. El Anexo 1 está disponible en la zona de descargas. Deberá entregarse junto con el resto de documentación en papel, además de una copia completa en soporte informático, dirigido a la Directora del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada, a través del Registro General de la Universidad de Granada o cualquier otro procedimiento establecido en la Ley 30/92, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes permanecerá abierto desde el día 7 de abril de 2008 hasta el 13 de junio de 2008 .

Artículo 6. Documentación

  1. Obligatoriamente, todas las solicitudes deberán contener:
    1. Datos de la/s persona/s o entidad solicitante. En caso de entidad deberá demostrar estar al día de su situación tributaria (Certificación de la Administración Tributaria) y con la Seguridad Social (Certificación de la Seguridad Social de tener cumplidas las obligaciones correspondientes).
    2. Datos de la contraparte local.
    3. Identificación y tipo de implicación de los miembros de la Universidad que participan en los proyectos, así como a qué colectivo pertenecen.
  2. Datos del proyecto:
    1. Título del proyecto.
    2. Ámbito de aplicación.
    3. Objetivos general y específicos.
    4. Beneficiarios/as del proyecto.
    5. Descripción del proyecto.
    6. Antecedentes, contexto y justificación, matriz de planificación, procedimiento de ejecución y estudio de viabilidad.
    7. Duración y Cronograma.
    8. Previsión de gastos de forma pormenorizada y desglosados por capítulos, conceptos y artículos, justificando detalladamente la necesidad de cada una de las partidas que se incluyan en el presupuesto.
    9. Financiadores del proyecto.
    10. La documentación que acredite los contactos previos con el país destinatario y la demanda del proyecto.
    11. En el supuesto de que en el proyecto colabore una entidad pública o entidad sin ánimo de lucro, la solicitud deberá ir acompañada de un documento que recoja el consentimiento expreso del representante legal de la entidad, así como copia de los estatutos en su caso.
  3. La Universidad de Granada se reserva el derecho a reclamar la información suplementaria que considere conveniente para aclarar o detallar el contenido de las propuestas.
  4. La solicitud supone la aceptación de la convocatoria y de sus bases.

Artículo 7. Proceso de selección y criterios de valoración

  1. Los proyectos presentados podrán ser sometidos a evaluación externa. La Dirección del CICODE teniendo en cuenta los informes de evaluación elaborará una propuesta de concesión de subvención al Consejo Asesor que adoptará la resolución definitiva.
  2. La evaluación y valoración de los proyectos se realizará atendiendo a la conjunción de los siguientes criterios:
    1. Indicadores de calidad - 45 puntos
      • La coherencia y pertinencia en la formulación de la justificación del proyecto, los objetivos generales y específicos marcados, los resultados esperados y las actividades previstas.
      • La adecuación del proyecto a los recursos económicos, técnicos y humanos.
      • La capacidad de los proyectos para generar efectos positivos, evaluables y perdurables en el tiempo.
      • La formulación de indicadores objetivamente verificables.
      • La incorporación de una perspectiva de desarrollo sostenible, medioambiental, social, económico y de género.
      • El proyecto estará enmarcado dentro de las estrategias prioritarias para el desarrollo del país, dentro del marco nacional e internacional de la cooperación al desarrollo.
      • La existencia de cofinanciación del proyecto por parte de Departamentos, Centros... de la Universidad u otro tipo de entidades públicas o privadas.
    2. Destinatarios-Beneficiarios - 30 puntos. Los proyectos se evaluarán según los situientes criterios, en orden de prelación:
      1. Prioridad geográfica de acuerdo con el Índice de Desarrollo Humano (IDH) y el Índice de Pobreza Humana (IPH) del país y de las características socioeconómicas del área en que se va a desarrollar el proyecto.
      2. Sectores de la población más vulnerable: infancia, mujer, refugiados, desplazados e indígenas, etc.
      3. Implicación y participación de la comunidad beneficiaria en el desarrollo, gestión y sostenibilidad del proyecto.
      4. Prioridad geográfica para el área andina, zona señalada como de actuación preferente por el Consejo Asesor del CICODE.
    3. Solicitantes y contraparte - 25 puntos
      • Se valorará positivamente que el proyecto implique cooperación interuniversitaria.
      • Implicación y participación de los miembros de la comunidad universitaria en la elaboración y ejecución de los proyectos.
      • Colaboración entre Áreas de Conocimiento, Departamentos e instituto de investigación en los proyectos.
      • Vinculación del proyecto a las actividades docentes e investigadoras de los solicitantes así como las aportaciones que realiza al desarrollo y la cooperación.
      • Vinculación que la persona o institución que presente y ejecute el proyecto tenga con programas de acción social de alguna Universidad o institución educativa del país beneficiario. En su defecto, se tendrá en cuenta la experiencia conjunta de la persona o entidad sin ánimo de lucro solicitante con la contraparte de destino (entidad, institución, agrupación, comunidad...).
      • La experiencia de proyectos de cooperación al desarrollo de la contraparte, así como su vinculación con la comunidad beneficiaria.
      • La experiencia y capacidad operativa de los/as solicitantes para desarrollar el proyecto y efectuar el seguimiento de su gestión.
      • Aportación en recursos humanos, materiales y económicos del solicitante y la contraparte.
      • Se valorará positivamente la posibilidad de aceptar estudiantes de la Universidad de Granada en formación o como voluntarios/as.
      • Se valorará asimismo el proceso y resultado que los/as solicitantes hayan tenido en la búsqueda previa de financiación del proyecto en convocatorias externas a las de la Universidad de Granada.

Artículo 8. Resolución

El Consejo Asesor del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada será el órgano encargado de resolver la convocatoria. Se notificará el resultado a los/as solicitantes en un plazo no posterior al 18 de julio de 2008.

Artículo 9. Financiación y plazo de ejecución del proyecto

  1. La financiación no superará, por ella misma o en concurrencia con ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, el coste total del proyecto.
  2. Con carácter general, la financiación por parte del CICODE para los proyectos anuales presentados no será superior a 24.000€. En el caso de proyectos de 2 ó 3 años de duración la financiación podrá ser superior a esta cantidad.
  3. Serán objeto de financiación mediante esta modalidad el arrendamiento y adquisición de bienes inmuebles, gastos de material fungible, inventariable, material bibliográfico, gastos de divulgación y difusión, viajes, dietas (ajustadas al país de destino) y gastos de personal.
  4. Los gastos de personal no podrán ir destinados a miembros de la Universidad de Granada, salvo que se trate de Becas para estudiantes de postgrado o de los últimos cursos de grado.
  5. La financiación de cualquier otra administración pública o ente privado para el mismo proyecto deberá ser notificada al CICODE.
  6. Los miembros, Grupos o Departamentos de la comunidad universitaria granadina, sin personalidad jurídica propia, percibirán la financiación que se les conceda mediante ayudas que adoptarán la forma jurídica de asignación presupuestaria para gestión directa por la Universidad con cargo a las partidas correspondientes de su presupuesto y que serán gestionados por o a propuesta de ellos. Las ONGD percibirán la financiación que se les conceda mediante la forma jurídica de subvención.
  7. El plazo de ejecución prioritario de los proyectos será de un año a contar desde la fecha de la recepción de la subvención, salvo prórroga autorizada expresamente por el CICODE.
  8. En el caso de proyectos plurianuales (de 2 ó 3 años de duración) se financiarán inicialmente los gastos derivados de su ejecución en el período indicado en el punto anterior.
  9. El pago de las subvenciones que sean concedidas a proyectos formativos tipo másteres, expertos y cursos quedará condicionado a la aprobación académica de los mismos por parte de los órganos competentes de nuestra Universidad en esa materia.
  10. Previo al inicio del proyecto se firmará un compromiso del/a beneficiario/a comprometiéndose a llevarlo a cabo en el plazo fijado. Tras la firma del compromiso se recibirá el 75% de la subvención; una vez realizado un informe intermedio y enviado al evaluador junto con una memoria económica de los gastos ocasionados y con el visto bueno de éste, se procederá al ingreso del 25% restante. Con carácter general, para los proyectos plurianuales se procederá de esta manera con cada anualidad.

Artículo 10. Seguimiento y justificación de los proyectos

  1. El CICODE establecerá un sistema de contactos periódicos con las personas responsables de los distintos proyectos, a fin de acompañar la evaluación y el seguimiento de los mismos. A tal efecto se nombrará un/a evaluador/a del Proyecto al que el/la beneficiario/a tendrá que remitir toda la documentación resultante del mismo: informe intermedio (a la mitad del tiempo solicitado para la ejecución) –en su caso- (Anexo 2) , informe final (Anexo 3), y documentación gráfica. A la vista de esta documentación el/la evaluador/a emitirá un informe final.
  2. Los/as solicitantes han de comunicar al CICODE la finalización del proyecto y antes de los dos meses tras la misma, deberán presentar el informe final y justificar documentalmente los gastos realizados. La documentación que preceptivamente haya de presentarse junto con el informe final habrá de ser original o fotocopia debidamente compulsada. Generalmente se entiende por fotocopia debidamente compulsada aquella que se presente cotejada y conforme por cualquier entidad pública española o del país donde se ejecute el proyecto o por un notario debidamente acreditado en el citado país. En el caso de facturas originales, una vez, selladas podrán ser devueltas a los/as solicitantes.
  3. La Universidad de Granada podrá convocar a todos/as los/as responsables de los programas de cooperación para realizar sesiones informativas, donde se presentará el material gráfico-audiovisual y la documentación (programas, artículos de prensa, trabajos, etc.) que se hayan generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones y campañas de sensibilización, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.
  4. En toda la documentación que se genere de las actividades solicitadas, de acuerdo con el marco de esta convocatoria, habrá de constar que se han llevado a término con la ayuda del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada.

Artículo 11. Revocación de las ayudas

  1. Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado al Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo con la antelación suficiente. Dicho Centro podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos o cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto, y cuando aquellas alteraciones temporales o sustantivas no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas.
  2. También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación de los informes de actividades o de los justificantes preceptivos del gasto realizado en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la actividad.
  3. La justificación inadecuada de un proyecto supondrá que el/la solicitante o la entidad a la que represente no podrá concurrir a las futuras convocatorias del CICODE.
  4. El incumplimiento del presente acuerdo podrá suponer el ejercicio por parte de la Universidad de Granada de las acciones que correspondan ante los Tribunales de Justicia.

Disposición Final

No podrán concurrir a esta convocatoria solicitantes que en convocatorias pasadas hayan incumplido las obligaciones derivadas de la concesión de las ayudas.

Resoluciones

  • Resolución. Consejo Asesor 17 de septiembre de 2008