IX Convocatoria de Proyectos de Cooperación Universitaria para el Desarrollo, Transferencia de Conocimientos en el Ámbito de la Acción Social y Sensibilización y Educación para el Desarrollo

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IX Convocatoria de Proyectos de Cooperación Universitaria para el Desarrollo, Transferencia de Conocimientos en el Ámbito de la Acción Social y Sensibilización y Educación para el Desarrollo

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Modalidad 3: Proyectos de Sensibilización y Educación para el Desarrollo

Artículo 1. Objeto

  1. La presente modalidad tiene por objeto apoyar iniciativas de miembros de la Universidad de Granada para realizar programas de Educación para el Desarrollo y/o actividades de sensibilización preferentemente de la comunidad universitaria, pero también de la sociedad en general, respecto a las desigualdades e injusticias en el mundo de hoy, el desarrollo, la cooperación al desarrollo y la exclusión social.
  2. Se incluyen dentro de estas iniciativas la organización de campañas, asignaturas, jornadas, cursos, conferencias, mesas redondas, exposiciones, talleres, elaboración de materiales, vídeo-forum o cualquier otra que pueda ayudar a conseguir el objeto que persigue la convocatoria en relación a cualquiera de los aspectos señalados.
  3. El área territorial de ejecución de los proyectos ha de quedar circunscrito a la provincia de Granada y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Artículo 2. Solicitantes

  1. Podrá participar en la presente convocatoria cualquier miembro de la Universidad de Granada. Los beneficiarios de las ayudas podrán actuar de forma individual o en colectivo. En este último caso, se nombrará un coordinador que se responsabilizará de la gestión, desarrollo y justificación de los gastos del proyecto.
  2. La pertenencia a la Universidad de Granada deberá ser acreditada documentalmente.
  3. No podrán concurrir a esta convocatoria quienes habiendo recibido subvenciones del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo (CICODE) en convocatorias previas, no hayan justificado adecuadamente en forma y plazo las ayudas recibidas.

Artículo 3. Presentación de solicitudes

  1. Los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud conforme al modelo que figura en el Anexo 5 de la presente convocatoria.
  2. Las solicitudes serán presentadas en el Registro General de la Universidad de Granada y dirigidas a la Directora del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo (CICODE) de esta Universidad (original en papel, además del proyecto completo en soporte informático).

Artículo 4. Plazo de presentación de solicitudes

  1. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 1 de Abril de 2009 hasta el 31 de Marzo de 2010.
  2. Las solicitudes deberán presentarse al menos dos meses antes de la fecha prevista para el inicio de las actuaciones contempladas en el proyecto.

Artículo 5. Documentación

  1. Obligatoriamente, todos los proyectos deberán contener.
    1. Datos de la persona responsable del proyecto, con indicación de teléfono, correo electrónico y dirección a efectos de notificaciones.
    2. Denominación del proyecto, resumen del mismo, justificación y antecedentes, ámbito de aplicación y duración del mismo.
    3. Relación de personas participantes (haciendo constar su vinculación con la Universidad de Granada) y tipo de implicación de cada una de ellas en el desarrollo y ejecución del proyecto.
    4. Presupuesto detallado.
    5. Objetivos que se persiguen
    6. Actividades a realizar.
    7. Cronograma.
    8. Cauces de seguimiento de su ejecucións.
    9. En el supuesto de que en el proyecto colabore una entidad pública o entidad sin ánimo de lucro, la solicitud deberá ir acompañada de un documento que recoja el consentimiento expreso del representante legal de la entidad, así como copia de los estatutos en su caso.
  2. La Universidad de Granada se reserva el derecho a reclamar la información suplementaria que considere conveniente para aclarar o detallar el contenido de las propuestas.

Artículo 6. Criterios de valoración

  1. La Comisión del Área de Sensibilización y Proyectos Locales del CICODE será la encargada de evaluar las distintas solicitudes y emitir un informe que remitirá al Consejo Asesor del CICODE, órgano que aprobará la resolución definitiva.
  2. En la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta, con carácter general, los siguientes factores:
    1. Formulación, coherencia y viabilidad de los objetivos generales y específicos propuestos.
    2. Oportunidad del tema del proyecto con respecto al objeto de la convocatoria.
    3. Originalidad y novedad de la propuesta y/o de la metodología utilizada.
    4. Grado de implicación de los solicitantes en el proyecto, así como su experiencia de trabajo conjunto y/o en iniciativas sociales de sensibilización.
    5. Se valorará positivamente la participación del colectivo beneficiario.
    6. Se valorará positivamente la vinculación del proyecto a las actividades docentes e investigadoras de los solicitantes.
    7. Indicación clara de las actividades y coherencia con los objetivos perseguidos.
    8. Cronograma de ejecución.
    9. Existencia de cauces adecuados de seguimiento.
    10. Adecuación del proyecto a los recursos económicos, técnicos y humanos.
    11. Claridad y desglose del presupuesto.
    12. Se valorará positivamente que las personas que realicen las actividades lo hagan de forma gratuita.
    13. Asimismo se valorará positivamente la existencia de cofinanciación del proyecto por parte de Departamentos, Centros, Institutos... de la Universidad u otro tipo de entidades públicas o privadas.

Artículo 7. Financiación

  1. Con carácter general, la financiación no superará los 2.000€ en cada uno de los proyectos, salvo en los casos de campañas y programas de educación para el desarrollo, cuya financiación no superará los 10.000€.
  2. La financiación de cualquier otra administración pública o ente privado para el mismo proyecto deberá de ser notificada al CICODE.
  3. Será incompatible la financiación en esta convocatoria con la recepción de cualquier otra ayuda para el mismo proyecto otorgada por el Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Cooperación al Desarrollo de nuestra Universidad.
  4. Serán objeto de financiación mediante esta convocatoria gastos de material fungible, inventariable, difusión, viajes, dietas y excepcionalmente gastos de personal, que nunca podrán ir destinados a profesores/as y miembros del PAS de la Universidad de Granada.
  5. El pago de la financiación se realizará siguiendo los procedimientos habituales en la Universidad de Granada.

Artículo 8. Resolución de solicitudes

  1. El Consejo Asesor del CICODE, oído el informe de la Comisión del Área de Sensibilización y Proyectos Locales, valorará y resolverá la concesión de las ayudas a los proyectos presentados.
  2. Cada vez que se produzca una resolución, el Consejo Asesor elaborará un acta donde se recojan las solicitudes desestimadas, así como la relación de los proyectos financiados con la subvención asignada a cada uno de ellos.
  3. La Directora del CICODE notificará a los solicitantes el resultado de la selección, así como el importe del fondo concedido. De igual modo, se harán públicos los resultados a través de la página web del CICODE.

Artículo 9. Seguimiento y justificación de los proyectos

  1. El CICODE establecerá un sistema de contactos periódicos con las personas responsables de los distintos proyectos, a fin de acompañar la evaluación y el seguimiento de los mismos.
  2. La celebración de todas las actividades de sensibilización a las que se destinen las ayudas de esta convocatoria, deberá ser comunicada al CICODE con la antelación suficiente para su posible difusión mediante su página Web, Boletín Digital u otras vías que se consideren oportunas.
  3. Los solicitantes han de comunicar la finalización del proyecto y antes de los dos meses tras la misma presentar un informe descriptivo (Anexo 6), con su correspondiente justificación económica, que ha de incluir las facturas originales o el asiento contable correspondiente de la Universidad de Granada.
  4. El período de ejecución de la actividad no será superior a un año, a contar a partir de la fecha de la concesión de la ayuda.
  5. El CICODE podrá convocar a todos los responsables de los programas subvencionados para realizar sesiones informativas, donde se presentará el material gráfico-audiovisual y la documentación que se hayan generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones y nuevas campañas de sensibilización, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.
  6. En toda la documentación que se genere en la ejecución de los proyectos subvencionados, de acuerdo con el marco de esta convocatoria, habrá de constar que se han llevado a término con la ayuda del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada.

Artículo 10. Revocación de las ayudas

  1. Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado al CICODE con la antelación suficiente. Dicho Centro podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos o cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto, y cuando aquellas alteraciones temporales o sustantivas no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas.
  2. También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación de los informes de actividades o de los justificantes originales del gasto realizado en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la actividad.

Disposición Final

La aceptación de la ayuda por parte de los beneficiarios implica la aceptación de las normas fijadas en esta convocatoria y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.

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