Resolución definitiva adjudicación de ayudas “Convocatoria ayudas para el desplazamiento internacional para llevar a cabo actividades conducentes a la realización de TFG, TFM o PFC en el marco del convenio de colaboración con la UIM”

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Resolución definitiva adjudicación de ayudas “Convocatoria ayudas para el desplazamiento internacional para llevar a cabo actividades conducentes a la realización de TFG, TFM o PFC en el marco del convenio de colaboración con la UIM”

27/05/2019

Resolución definitiva adjudicación de ayudas en el marco de la “Convocatoria de ayudas para el desplazamiento internacional para llevar a cabo actividades conducentes a la realización de Trabajo Fin de Grado, Trabajo Fin de Máster o Proyecto Fin de Carrera en el marco del convenio de colaboración con la Unión Iberoamericana de Municipalistas”

Resolución de 27 de mayo de 2019 del Vicerrectorado de Internacionalización por la que se publican los resultados definitivos de adjudicación de ayudas, en el marco de la “Convocatoria de ayudas para el desplazamiento internacional para llevar a cabo actividades conducentes a la realización de Trabajo Fin de Grado, Trabajo Fin de Máster o Proyecto Fin de Carrera en el marco del convenio de colaboración con la Unión Iberoamericana de Municipalistas”, este Vicerrectorado ha resuelto:

Resolución definitiva

En cumplimiento del artículo 8 de las bases de la convocatoria, las personas beneficiarias de las ayudas tendrán un plazo de dos días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta resolución para:

a) aceptar la ayuda concedida, firmando el documento establecido al efecto (Anexo II). En el documento se especificará la entidad de destino y la duración de la estancia para la que se concede la ayuda así como la cantidad que se acepta. Este documento deberá ir acompañado de:
- Copia de la póliza de seguros de asistencia sanitaria y de accidentes contratada por el periodo completo del viaje y la estancia, y comprobante del pago de la misma.
- Factura/reserva (o itinerario) del viaje (autobús, avión, barco…)
b) renunciar a la ayuda, en cuyo caso deberán presentar el impreso de renuncia según el modelo establecido a tal efecto (Anexo III).

Tanto la renuncia como la aceptación deben ir acompañados de una copia del DNI en vigor y su entrega se realizará a través del Registro de la Oficina de Relaciones Internacionales, Avda. del Hospicio, s/n, Complejo Admvo. Triunfo o cualquier otro procedimiento establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Pasado el plazo indicado sin haber aceptado o renunciado a la ayuda, se entenderá que el solicitante renuncia a la ayuda.

Las ayudas objeto de esta convocatoria serán incompatibles con otras ayudas concedidas por la Universidad de Granada para la realización de actividades de cooperación internacional en el mismo año. Si bien el proceso de selección de cada convocatoria es independiente, la aceptación de una ayuda implicará automáticamente la renuncia a otras ayudas de la Universidad de Granada.

Contra la presente resolución, se podrá interponer recurso de alzada anta la Sra. Rectora de la Universidad de Granada, al amparo de lo dispuesto en el artículo 84.2 de los Estatutos de la Universidad de Granada publicados por Decreto 231/2011, de 12 de julio (BOJA nº 147, de 28-7-11), en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 121 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236. de 2-10-15)