Resolución Definitiva Convocatoria de ayudas para realización de estancias formativas en terreno de estudiantes del Máster Oficial en Cooperación al Desarrollo, gestión pública y de las ONGDs

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Resolución Definitiva Convocatoria de ayudas para realización de estancias formativas en terreno de estudiantes del Máster Oficial en Cooperación al Desarrollo, gestión pública y de las ONGDs

14/05/2019

Resolución definitiva en el marco de la Convocatoria de ayudas para la realización de estancias formativas en terreno de estudiantes del Máster Oficial en Cooperación al Desarrollo, gestión pública y de las ONGDs. Año 2019

Resolución definitiva de 14 de mayo de 2019 del Vicerrectorado de Internacionalización por la que se publican los resultados definitivos de adjudicación de ayudas en el marco de la “Convocatoria de ayudas para la realización de estancias formativas en terreno de estudiantes del Máster Oficial en Cooperación al Desarrollo, gestión pública y de las ONGDs. Año 2019” publicada el 8 de febrero de 2019. Contra la presente resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Granada, al amparo de lo dispuesto en el artículo 84.2) de los Estatutos de la Universidad de Granada publicados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 114 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm.236, de 2 de octubre de 2015).

La asistencia a las jornadas previas es obligatoria para las personas seleccionadas (días 13, 15, 16, 21 y 22 de Mayo, consultar programa aquí). La no asistencia al 80% de las horas de la misma supondrá la revocación de la ayuda.

Las personas suplentes que lo deseen podrán asistir a las jornadas, que le serán convalidadas en el caso de ser seleccionadas en la presente convocatoria (si hubiera renuncias o revocaciones) o en futuras convocatorias de la misma ayuda.

En un plazo de cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva, las personas beneficiarias de las ayudas tendrán que:

- aceptar o rechazar (anexos 1 y 2) la ayuda concedida, firmando el documento establecido al efecto y entregarlo por registro, que deberá ir acompañado de una copia del DNI y, en caso de aceptación, del impreso de pago a personas físicas (anexo 3) por duplicado (se anexa modelo), con firma original.

Antes de comenzar la estancia las personas beneficiarias deberán:

- entregar por registro copia de su seguro de viaje. Podrán elegir el seguro que prefieran siempre que cumpla con las condiciones mínimas establecidas en el Vicerrectorado de Internacionalización. http://internacional.ugr.es/pages/movilidad/estudiantes/salientes/seguros

Las personas que lo deseen podrán disfrutar de condiciones especiales del seguro contratándolo a través de la Universidad de Granada. http://internacional.ugr.es/pages/movilidad/estudiantes/salientes/seguros/informacion-basica-sobre-el-seguro-20182019

- firmar un convenio de prácticas que será facilitado por el CICODE.

Durante la estancia las personas beneficiarias de la ayuda deberán enviar al CICODE, escaneado:

- el Certificado de inicio de actividad firmado por su tutor/a en terreno, en un plazo de 5 días desde el inicio de la misma (anexo 4).
- el informe intermedio (según modelo que será facilitado por el CICODE), en un plazo de 15 días desde la mitad del periodo de la estancia.

Al regreso las personas beneficiarias de la ayuda deberán entregar por registro, con firma original, antes del 15 de febrero:

- el certificado de inicio y fin de actividad firmado (anexo 5) por su tutor/a en terreno.
- el informe intermedio y final (según modelo que será facilitado por el CICODE).
- tarjetas de embarque y billetes de viaje a y desde destino.

Es obligatorio realizar una actividad de difusión de la experiencia dirigida a la comunidad universitaria al regreso de la estancia, y nunca después del 28 de febrero de 2020.

La asistencia a las jornadas de retorno que tendrán lugar durante el mes de febrero de 2020 será obligatoria.

• Anexo 1. Aceptación (documento)
• Anexo 2. Renuncia (documento)
• Anexo 3. Impreso de pago Grupo A_3 meses (documento)
• Anexo 3. Impreso de pago Grupo A_5 meses (documento)
• Anexo 3. Impreso de pago Grupo C_3 meses (documento)
• Anexo 3. Impreso de pago Grupo D_3 meses (documento)
• Anexo 4. Certificado de inicio de actividad (documento)
• Anexo 5. Certificado de fin de actividad (documento)

El no cumplimiento de las obligaciones previstas en forma y plazo supondrá la revocación parcial o total de la ayuda.