Modalidad 1.Cooperación para el Desarrollo

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Modalidad 1.Cooperación para el Desarrollo

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Artículo 1. Objeto

El objeto de esta modalidad es fomentar la participación de los miembros de la Universidad de Granada en acciones de Cooperación para el Desarrollo que se lleven a cabo en países desfavorecidos. Las acciones que se recogen en esta convocatoria comprenderán las llevadas a cabo tanto en el campo de la formación (cursos, masteres, expertos…) como en lo referente a asistencia técnica y proyectos de desarrollo. Quedan excluidas de esta modalidad las acciones de ayuda humanitaria y de emergencia, así como las destinadas estrictamente a investigación que son objeto de otras convocatorias.

Artículo 2. Características prioritarias de las acciones

2.1. Ámbito temporal: los proyectos se desarrollarán dentro de los 12 meses siguientes a la recepción de la subvención.

2.2. Objetivos de desarrollo: los proyectos han de tener como objetivo la promoción y el desarrollo de personas y comunidades, respetando su identidad histórica y cultural y evitando actuaciones tendentes a generar o reforzar relaciones de dependencia con los países desarrollados.

2.3. Las actuaciones habrán de contar con la participación directa de sus beneficiarios en el caso de los proyectos de desarrollo y con la participación activa de técnicos, docentes o investigadores del país en desarrollo en el caso de las actividades formativas.

2.4. Las acciones habrán de ser promovidas a instancias de contrapartes o instituciones de enseñanza superior locales que ofrezcan garantías suficientes para la consecución de los objetivos propuestos.

2.5. Los proyectos deberán gestionarse de forma que los beneficios a terceros que indirectamente se generen (tales como la contratación de técnicos, adquisiciones de material y equipos, etc.) recaigan en la medida de lo posible en las propias zonas económicas y áreas de población beneficiarias directas de su ejecución.

2.6. Los proyectos deberán tener una repercusión práctica, evaluable y cuantificable en los beneficiarios propuestos.

2.7. Los proyectos que se presenten deberán estimular, facilitar y canalizar la participación en ellos, tanto directa como indirectamente, de la comunidad universitaria de la UGR.

Artículo 3. Solicitantes

3.1. Esta modalidad está dirigida preferentemente a miembros de la Comunidad Universitaria de Granada, que podrán presentar proyectos individualmente o en grupo. Excepcionalmente se subvencionarán proyectos presentados por instituciones educativas, personas jurídicas y entidades públicas o privadas nacionales o extranjeras sin ánimo de lucro.

3.2. En el caso de los proyectos presentados por miembros de la comunidad universitaria, el solicitante tendrá que adjuntar un documento firmado en el que acredite su compromiso personal en el diseño y desarrollo del proyecto, especificando cuál será la función que desempeñará en la ejecución del mismo. Tendrán preferencia los proyectos multidisciplinares. Además los miembros de la comunidad universitaria deberán presentar un breve currículo en el que acredite su vinculación con el campo del desarrollo, la cooperación y/o el voluntariado.

3.3. En el caso de proyectos que sean solicitados por instituciones educativas, personas jurídicas y entidades públicas o privadas nacionales o extranjeras sin ánimo de lucro, habrán de acreditar:

  • 3.3.1. Estar legalmente constituidas.
  • 3.3.2. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • 3.3.3. Garantizar, a través de la oportuna memoria de actividades, la experiencia en el campo de la cooperación para el desarrollo, así como que disponen de la estructura organizativa suficiente para garantizar la gestión y el seguimiento del proyecto.
  • 3.3.4. Comprometerse a colaborar con las actividades formativas y de voluntariado internacional del CICODE, incorporando en su caso estudiantes en sus proyectos. Si el solicitante fuese una entidad o una persona jurídica extranjera, deberá aportar el respaldo de una entidad española.

3.4. No se admitirá la presentación de más de un proyecto por cada solicitante, ya sea miembro de la comunidad universitaria o entidad.

Artículo 4. Presentación de las solicitudes

4.1. Obligatoriamente, los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud conforme al modelo del Anexo 1 de la presente convocatoria. No será evaluada ninguna solicitud que incumpla este requisito.

4.2. Las solicitudes, que mantendrán el formato del formulario expuesto en la web del CICODE (http://www.ugr.es/local/cicode) y que constarán del original en papel y una versión completa en soporte informático, se dirigirán a la Directora del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada, a través del Registro General de la Universidad de Granada o cualquier otro procedimiento establecido en la Ley 30/92, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 5. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes permanecerá abierto desde el día 20 de junio de 2006 hasta el 6 de octubre de 2006.

Artículo 6. Documentación

6.1. Obligatoriamente, todos las solicitudes deberán contener:

  • 6.1.1. Datos de la persona/s o entidad solicitante. En caso de entidad deberá demostrar estar al día de su situación tributaria (Certificación de la Administración Tributaria) y con la Seguridad Social (Certificación de la Seguridad Social de tener cumplidas las obligaciones correspondientes).
  • 6.1.2. Datos de la contraparte local.
  • 6.1.3. Identificación y tipo de implicación de los miembros de la Universidad que participan en los proyectos, así como a qué colectivo pertenecen.

6.2. Datos del proyecto:

  • 6.2.1. Denominación
  • 6.2.2. Ámbito de aplicación
  • 6.2.3. Objetivos general y específicos
  • 6.2.4. Beneficiarios del proyecto
  • 6.2.5. Antecedentes, contexto y justificación, matriz de planificación, procedimiento de ejecución y estudio de viabilidad.
  • 6.2.6. Duración y Cronograma
  • 6.2.7. Previsión de gastos de forma pormenorizada y desglosados por capítulos, artículos y conceptos
  • 6.2.8. Financiadores del proyecto
  • 6.2.9. La documentación que acredite los contactos previos con el país destinatario y la demanda del proyecto.
  • 6.2.10. En el supuesto de que en el proyecto colabore una entidad pública o entidad sin ánimo de lucro, la solicitud deberá ir acompañada de un documento que recoja el consentimiento expreso del representante legal de la entidad, así como copia de los estatutos en su caso.

Artículo 7. Proceso de selección y criterios de valoración

7.1. Los proyectos presentados podrán ser sometidos a evaluación externa. La Dirección del CICODE teniendo en cuenta los informes de evaluación elaborará una propuesta de concesión de subvención al Consejo Asesor que adoptará la resolución definitiva.

7.2. La evaluación y valoración de los proyectos se realizará atendiendo a la conjunción de los siguientes criterios:

  • 7.2.1. Indicadores de calidad – 25 puntos
    • La coherencia y pertinencia en la formulación de la justificación del proyecto, los objetivos generales y específicos marcados, los resultados esperados y las actividades previstas.
    • La adecuación al proyecto de los recursos económicos, técnicos y humanos.
    • La capacidad de los proyectos para generar efectos positivos, evaluables y perdurables en el tiempo.
    • La formulación de indicadores objetivamente verificables.
    • La incorporación de una perspectiva de desarrollo sostenible, medioambiental, social, económico y de género.
    • El proyecto estará enmarcado dentro de las estrategias prioritarias para el desarrollo del país, dentro del marco nacional e internacional de la cooperación al desarrollo.
    • La existencia de cofinanciación del proyecto por parte de Departamentos, Centros... de la Universidad u otro tipo de entidades públicas o privadas.
  • 7.2.2. Destinatarios-Beneficiarios - 30 puntos.Los proyectos se evaluarán según los siguientes criterios, en orden de prelación:
  • 7.2.2.1. Prioridad geográfica de acuerdo con el Índice de Desarrollo Humano (IDH) y el Índice de Pobreza Humana (IPH) del país y de las características socioeconómicas del área en que se va a desarrollar el proyecto.
  • 7.2.2.2. Sectores de la población más vulnerable: infancia, mujer, refugiados, desplazados e indígenas, etc.
  • 7.2.2.3. Implicación y participación de la comunidad beneficiaria en el desarrollo, gestión y sostenibilidad del proyecto.
  • 7.2.2.4. Prioridad geográfica para el área andina, zona señalada como de actuación preferente por el Consejo Asesor del CICODE.
  • 7.2.3. Tipos de actividades planteadas en los proyectos - 20 puntos. La tipología de las actividades incluidas en los proyectos se evaluarán según los siguientes criterios, en orden de prelación:
    • 7.2.3.1. Actividades educativas y formativas en cualquiera de los ámbitos del desarrollo y la cooperación al desarrollo.
    • 7.2.3.2. Actividades en el ámbito de la salud, las infraestructuras básicas, la vivienda y seguridad alimentaria.
    • 7.2.3.3. Actividades destinadas a la defensa y el respeto de los derechos humanos, así como al fortalecimiento democrático de los países beneficiarios.
    • 7.2.3.4. Actividades de protección y restauración del medio ambiente.
  • 7.2.4. Solicitantes y contraparte - 25 puntos
    • Se valorará positivamente la participación de miembros de la comunidad universitaria en la elaboración y ejecución de los proyectos.
    • Se valorará positivamente la colaboración entre Áreas de Conocimiento, Departamentos e instituto de investigación en los proyectos.
    • Se valorará positivamente la vinculación del proyecto a las actividades docentes e investigadoras de los solicitantes así como las aportaciones que realiza al desarrollo y la cooperación.
    • Se considerará igualmente de forma positiva la vinculación que la persona o institución que presente y ejecute el proyecto tenga con programas de acción social de alguna Universidad o institución educativa del país beneficiario. En su defecto, se tendrá en cuenta la experiencia conjunta de la persona o entidad sin ánimo de lucro solicitante con la contraparte de destino (entidad, institución, agrupación, comunidad...).
    • La experiencia de proyectos de cooperación al desarrollo de la contraparte, así como su vinculación con la comunidad beneficiaria.
    • La experiencia y capacidad operativa de los solicitantes para desarrollar el proyecto y efectuar el seguimiento de su gestión.
    • Aportación en recursos humanos, materiales y económicos del solicitante y la contraparte.
    • Se valorará positivamente la posibilidad de aceptar estudiantes de la Universidad de Granada en formación.

Artículo 8. Resolución

El Consejo Asesor del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada será el órgano encargado de resolver la convocatoria. Se notificará el resultado a los solicitantes en un plazo no posterior al 24 de noviembre de 2006.

Artículo 9. Financiación y plazos de ejecución del proyecto

9.1. Con carácter general, la financiación por parte del CICODE para cada proyecto presentado no será superior a 24.000€.

9.2. Serán objeto de financiación mediante esta modalidad el arrendamiento y adquisición de bienes inmuebles, gastos de material fungible, inventariable, viajes, dietas y excepcionalmente gastos de personal, que en ningún caso podrán estar destinados a miembros de la Universidad de Granada.

9.3. La financiación de cualquier otra administración pública o ente privado para el mismo proyecto deberá ser notificada al CICODE.

9.4. Los miembros, grupos o departamentos de la comunidad universitaria granadina, sin personalidad jurídica propia, percibirán la financiación que se les conceda mediante ayudas que adoptarán la forma jurídica de asignación presupuestaria para gestión directa por la Universidad con cargo a las partidas correspondientes de su presupuesto y que serán gestionados por o a propuesta de ellos. Las ONGD’s percibirán la financiación que se les conceda mediante la forma jurídica de subvención.

9.5. El plazo máximo de ejecución de los proyectos será de un año a contar desde la fecha de la recepción de la cantidad otorgada, salvo prórroga autorizada expresamente por el CICODE.

9.6. En el caso de proyectos plurianuales sólo se financiarán los gastos derivados de su ejecución en el período indicado en el punto anterior.

9.7. Previo al inicio del proyecto se firmará un compromiso del beneficiario comprometiéndose a llevarlo a cabo en el plazo fijado. En el caso de los proyectos formativos con actividades docentes se recibirá la totalidad de la subvención previamente a su realización. En el resto de los casos recibirán inicialmente el 75% de la subvención; una vez realizado un informe intermedio y enviado al evaluador junto con una memoria económica de los gastos ocasionados y con el visto bueno de éste, se procederá al ingreso del 25% restante.

Artículo 10. Seguimiento y justificación de los proyectos

10.1. El CICODE establecerá un sistema de contactos periódicos con las personas responsables de los distintos proyectos, a fin de acompañar la evaluación y el seguimiento de los mismos. A tal efecto se nombrará un evaluador del Proyecto al que el beneficiario tendrá que remitir toda la documentación resultante del mismo: informe intermedio –en su caso- y final (Anexo 2), y documentación gráfica. A la vista de esta documentación el evaluador emitirá un informe final.

10.2. Los solicitantes han de comunicar al CICODE la finalización del proyecto y antes de los dos meses tras la misma, deberán presentar el informe final y justificar los gastos realizados con la presentación de las facturas originales que, una vez selladas, podrán ser devueltas si son necesarias para las justificaciones generales de los solicitantes.

10.3. La Universidad de Granada podrá convocar a todos los responsables de los programas de cooperación para realizar sesiones informativas, donde se presentará el material gráfico-audiovisual y la documentación (programas, artículos de prensa, trabajos, etc.) que se hayan generado. La Universidad de Granada podrá utilizar este material para preparar documentos de difusión de actividades, realizar acciones y campañas de sensibilización, organizar exposiciones e incluirlo en su memoria anual de actividades.

10.4. En toda la documentación que se genere de las actividades solicitadas, de acuerdo con el marco de esta convocatoria, habrá de constar que se han llevado a término con la ayuda del Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada.

Artículo 11. Revocación de las ayudas

11.1 Cualquier cambio sustancial sobre el contenido del proyecto o sobre el calendario de ejecución de las actividades habrá de ser comunicado al Centro de Iniciativas de Cooperación al Desarrollo con la antelación suficiente. Dicho Centro podrá revocar total o parcialmente la ayuda concedida cuando no se respeten los términos establecidos o cuando se modifique significativamente el contenido del proyecto, y cuando aquellas alteraciones temporales o sustantivas no hayan sido previamente comunicadas y autorizadas.

11.2 También podrá dar lugar a la revocación de la ayuda, la no presentación de los informes de actividades o de los justificantes originales del gasto realizado en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la actividad.

11.3 El incumplimiento de los acuerdos establecidos supondrá que el solicitante o la entidad a la que represente no podrá concurrir a las futuras convocatorias del CICODE.

11.4 El incumplimiento del presente acuerdo podrá suponer el ejercicio por parte de la Universidad de Granada de las acciones que correspondan ante los Tribunales de Justicia.

Disposición Final

No podrán concurrir a esta convocatoria solicitantes que en convocatorias pasadas hayan incumplido las obligaciones derivadas de la concesión de las ayudas.