Resolución definitiva en el marco de la Convocatoria de ayudas para la realización de actividades de voluntariado internacional en Proyectos de Cooperación al Desarrollo. Año 2021 (2ª edición)

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Resolución definitiva en el marco de la Convocatoria de ayudas para la realización de actividades de voluntariado internacional en Proyectos de Cooperación al Desarrollo. Año 2021 (2ª edición)

14/09/2021

Resolución definitiva en el marco de la Convocatoria de ayudas para la realización de actividades de voluntariado internacional en Proyectos de Cooperación al Desarrollo. Año 2021 (2ª edición)

Resolución definitiva del 13 de septiembre de 2021 de la Vicerrectora de Internacionalización por la que se publican los resultados definitivos de adjudicación de ayudas en el marco de la “Convocatoria de ayudas para la realización de actividades de voluntariado internacional en Proyectos de Cooperación al Desarrollo. Año 2021 (2ª edición)” publicada el 6 de julio 2021. La Vicerrectora de Internacionalización, oído el Consejo Asesor del CICODE, ha resuelto:

Resolución definitiva

Las personas beneficiarias de las ayudas tendrán un plazo de cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva para:

a) aceptar la ayuda concedida, presentando la siguiente documentación:

• Impreso de aceptación (Anexo 3), en el que se especificará la entidad de destino y la duración de la estancia para la que se concede la ayuda.
• Acuerdo de Incorporación de voluntariado con firmas originales (modelo descargable).
• Dos impresos de pago (con firmas originales) correspondiente en función de la duración de la estancia.
• Declaración responsable OUT.
• Póliza del seguro de asistencia en viaje.

b) renunciar a la ayuda, en cuyo caso deberán presentar una carta de renuncia según el modelo establecido a tal efecto (Anexo 4).

Tanto la renuncia como la aceptación deberán ir acompañadas de una copia del DNI.

Pasado el plazo indicado sin haber aceptado o renunciado a la ayuda, se entenderá que el/la solicitante renuncia a la ayuda.

Tanto la aceptación como la renuncia se presentará a través de los Registros Generales, Auxiliares o Registro Electrónico de la Universidad de Granada o cualquier otro procedimiento establecido en la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.